La sentencia de conformidad, a la que ha tenido acceso Europa Press, establece que, de igual forma, y por igual periodo de cuatro años se impondrá al acusado la prohibición de aproximarse a lugar frecuentados por menores de trece años tales como guardería, parques, colegios y zonas infantiles destinados a su ocio. También le impone el pago de las costas judiciales.
HECHOS PROBADOS
Se declara probado, por conformidad de las partes, que pasadas las 18.00 horas del 6 de marzo de 2014, como otras tardes, la menor afectada por una discapacidad psíquica del 39%, se encontraban en las instalaciones del campo de fútbol de la localidad de Orgaz, en las que el acusado realizaba actividades de mantenimiento.
Con ocasión de la mismas y conocer el acusado de las deficiencias de la menor, sirviéndose de la misma para atraer su atención mediante el ofrecimiento de pipas, logró que la misma accediera al interior del kiosko donde, mientras la ofrecía las chuches, presidido en su obrar por el propósito de satisfacer sus lúbricos instintos, metió su mano por el pantalón de la menor tocándole la zona genital, al tiempo que la besaba en la boca, ante lo que la menor salió corriendo. Como consecuencia de estos hechos la menor no sufrió quebranto psíquico alguno.
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