No obstante y según ha informado la Junta en un comunicado de prensa recogido por Europa Press, las fechas concretas para cada una de las provincias se publicarán en el BOCYL. Como en anteriores temporadas, la época hábil para la tórtola común y para la paloma torcaz se retrasa al domingo 21 de agosto, para que finalice el periodo de cría de estas dos especies.
Por su parte, la temporada general para la caza menor comenzará el domingo 23 de octubre y finalizará el domingo 29 de enero y en el caso de la caza de la liebre con galgo la temporada empezará el 12 de octubre y finalizará el domingo 29 de enero.
En cuanto a la caza mayor, la temporada montera se extenderá desde el domingo 25 de septiembre hasta el domingo 26 de febrero de 2017 para hacer coincidir las fechas de aprovechamiento en cacerías colectivas -monterías, batidas o ganchos- tanto del jabalí como del ciervo o del lobo.
En el caso del lobo se ha acordado que cualquier acción de caza requerirá "autorización expresa" del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia y los recechos de ciervo, al igual que los de corzo, podrán realizarse desde el 1 de septiembre.
Según han explicado desde la Junta, al igual que en el año anterior la Orden de Caza ha tratado de simplificar y de reducir las cargas administrativas en materia de cacerías colectivas, "de manera que sólo requerirán autorización del Servicio Territorial de Medio Ambiente aquellas monterías o batidas o ganchos que se desarrollen en cotos incluidos total o parcialmente en el ámbito de aplicación del plan de recuperación del oso pardo, o bien aquellas cacerías en las que se solicite la caza del lobo".
En estos dos supuestos, para que la cacería se considere autorizada, deberá mediar resolución expresa del Servicio territorial, han insistido desde el Gobierno autonómico.
El resto de cacerías se someten al régimen de comunicación de modo que siempre que el interesado presente en registro la documentación requerida con una antelación mínima de diez días, el ciudadano quedará autorizado sin necesidad de recibir autorización expresa.
Se mantiene igualmente la posibilidad de que, en las cacerías colectivas, el organizador pueda colocar los puestos en zonas de seguridad, tales como caminos de uso público no asfaltados, vías pecuarias y cauces o márgenes de ríos de menos de tres metros de anchura.
En estos casos, el solicitante deberá hacerlo constar en la documentación remitida a la Administración y cumplir con el requisito de señalización adecuada, "advirtiendo sobre la realización de la montería, gancho o batida".
Respecto a la utilización de zonas de seguridad de forma ordinaria, como por ejemplo en la caza menor al salto, se ha establecido que el titular cinegético deberá hacerlo constar en su plan cinegético y aportar una declaración responsable que refiera consentimiento del titular de dicha zona de seguridad -en el caso de caminos, fundamentalmente entidades locales; en cauces, confederaciones hidrográficas y en vías pecuarias, la Junta de Castilla y León-.
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