El exalcalde de Náquera acepta una multa por autorizar el castillo que provocó un incendio en la Calderona

  • El juzgado de lo Penal número 17 de Valencia ha condenado a cuatro meses de prisión y a una multa de 720 euros al exalcalde de Nàquera (Valencia) Ricardo Arnal por autorizar el disparo de un castillo de fuegos artificiales el 4 de octubre de 2006, con motivo de las fiestas patronales de la localidad, que provocó un incendio forestal en el Parque Natural de la Sierra de Calderona. El disparo se realizó a menor distancia de la que fija la ley en masas forestales y cuando había preemergencia nivel tres.

Según consta en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), al ex primer edil, a quien se considera como responsable de un delito de incendio por imprudencia grave, se le sustituye la pena de prisión por ocho meses de culta con cuota diaria de seis euros, por lo que pagará 1.440 euros. En los hechos se ha contemplado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, por causas no atribuibles al acusado que, además, deberá indemnizar a la Generalitat Valenciana con 5.261 euros en concepto de responsabilidad civil directa.

Los otros dos acusados, la representante de la empresa pirotécnica, y el concejal de Fiestas, han resultado absueltos después de que se retirara la acusación contra ellos.

Los hechos sucedieron en octubre de 2006 cuando el condenado, entonces alcalde de Nàquera, autorizó el disparo de un castillo de fuegos, pese a que estaba decretado el nivel tres de preemergencia por riesgo de incendio, y no se cumplían las condiciones mínimas de seguridad. La subdelegación de Gobierno autorizó los fuegos -de 500 kilos netos de masa explosiva- bajo la exigencia del "cumplimiento de la legislación estatal y autonómica en cuanto a la prevención de incendios en masas forestales".

Pese a que la Ley Forestal Valenciana prohíbe, con independencia del nivel de premergencia, el lanzamiento de cohetes a menos de 500 metros de terrenos forestales, se lanzaron a menos de 300 metros de distancia de una masa forestal y se originó un incendio que afectó a dos hectáreas del Parque Natural Serra Calderona.

Los daños y perjuicios causados en las masas forestales sin aprovechamiento comercial se han valorado en 1.725 euros, mientras que los gastos de extinción sufragados por la Generalitat ascienden a 3.536,42 euros, señala el magistrado en la resolución.

El juez considera probado además que la empresa contratada para el disparo de los fuegos artificiales, Pirotecnia Caballer S.A., "a pesar de la referida ubicación del material pirotécnico a una distancia manifiestamente inferior a la legalmente exigida, no puso reparo alguno al lanzamiento que le fue ordenado obviando frontalmente la prohibición legal que impedía el lanzamiento del castillo en las mínimas condiciones de seguridad".

Sin embargo, el magistrado afirma que "la decisión última del lanzamiento del espectáculo piromusical fue del acusado Ricardo Arnal en su condición de alcalde de Náquera".

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