Condenan a un hombre a un año de prisión por abuso sexual a su sobrina

  • La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual a su sobrina, con la que convivía temporalmente. Además, se ratifica la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 50 metros o comunicar con ella por cualquier medio durante tres años.

Según declaró probado el juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en marzo de 2011, el acusado convivía temporalmente con su sobrina en la casa de ésta, en la capital malagueña, y un día "la siguió a su habitación y la sujetó con fuerza de los brazos".

En ese momento, según la resolución ahora confirmada, la empujó hacia la cama "y, una vez tumbada, se puso encima de ella y se masturbó", sin causar lesión alguna a la víctima, que "sí sufrió una situación de angustia y desasosiego que ha motivado la necesidad de dictarse medida de alejamiento".

El hombre padece un déficit psíquico que condiciona levemente su conducta, mermando parcialmente sus capacidades intelecturales y volitivas, por lo que en la sentencia se aplica la circunstancia atenuante de anomalía o alteración psíquica, se precisa en la sentencia.

Así, se le condena por un delito de agresión sexual y, además de prisión y alejamiento, se le impuso el pago de 300 euros como indemnización a la víctima. La defensa del acusado recurrió la sentencia, alegando error a la hora de valorar las pruebas practicadas, aunque el Tribunal rechaza el recurso presentado.

Al respecto, se indica que la principal prueba de cargo existente contra el acusado es el testimonio de la víctima, que resultó "tajante, crédulo y veraz", además de aparecer corroborado con el informe pericial de los restos biológicos encontrados en la ropa con el perfil genético del acusado.

La Sala considera "absolutamente inverosímil la versión exculpatoria" del acusado de que, "al sufrir incontinencia urinaria, se limpió con ropa que encontró en el baño", por lo que se concluye que la resolución recurrida es correcta y confirma la sentencia dictada en su momento.

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