Sustituyen por multa la pena de prisión del empresario González de Caldas en 'Malaya'

  • La Sala que ejecuta la sentencia del caso 'Malaya', contra la corrupción en Marbella (Málaga), ha acordado sustituir la pena de seis meses de prisión impuesta al empresario José María González de Caldas por un delito de cohecho por una multa de 10.800 euros, cantidad que ya ha sido abonada.

Así se acuerda en una resolución dictada por este Tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que, además, se da por satisfecha la multa de 30.000 euros impuesta también por ese delito, que, igualmente, ha sido pagada en su totalidad mediante una transferencia bancaria.

La sustitución se realiza por dos cuotas de multa por día de prisión, con una cuota diaria de 30 euros, para lo que se ha tenido en cuenta la situación económica deducida de su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares, así como otras circunstancias personales.

Este es el segundo condenado en 'Malaya' al que se le sustituye la condena. En este auto, la Sala sigue con el que fuera presidente del Sevilla la misma filosofía que se pretende tener en los casos de penas de menos de dos años de prisión, consistente en la sustitución por multa, siempre que se cumplan los requisitos legales.

En la resolución, el Tribunal sostiene que las penas inferiores a dos años de prisión no deben ser suspendidas "sino sustituidas -suspensión sustitutoria- por el pago de multas", con lo que se determina que "para obtener el referido beneficio procesal, el condenado tenga que hacer un esfuerzo económico real".

La Sala analiza la regulación sobre la suspensión de la pena y las condiciones que se requieren, como que el condenado haya delinquido por primera vez, que la pena no sea mayor de dos años y que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles a las que fuera condenado, entendiéndose cumplido cuando "asuma el compromiso de satisfacerlas".

Se indica que la reforma del Código Penal pretendió dar mayor flexibilidad al cumplimiento de las penas cortas de prisión, dejando en suspenso la ejecución o sustituyendo el ingreso de la cárcel por multa o trabajos en beneficio de la comunidad, incidiendo la Sala en dar importancia de la reparación del daño o la indemnización.

La Sala señala que se parte de la gravedad de los hechos del caso 'Malaya', que reflejó "un ámbito generalizado de corrupción municipal", hasta el punto de disolverse el Consistorio, y que supuso un "gravísimo perjuicio para las arcas del Ayuntamiento marbellí que resultaron esquilmadas, generando para sus habitantes un endeudamiento millonario al que ahora deben hacer frente".

Pero también se alude a la "realidad social" y, en concreto, a "los numerosos supuestos de corrupción política en que se ha visto envuelta la sociedad española en estos últimos tiempos, hasta el punto de generar un clima de indignación generalizada de los ciudadanos que el Tribunal tiene que tener en cuenta a la hora de hacer cumplir las penas en esta causa".

Conforme a esto, se recuerda, la Sala ya acordó el ingreso en prisión de una veintena de condenados a más de dos años de cárcel, según la legislación; mientras que en el caso de las penas inferiores a dos años se requerirá un esfuerzo económico "real y proporcionado a sus ingresos, perdiendo sus bienes inmuebles, muebles y dinero que posea en cantidad suficiente para cubrir el pago de la multa".

"Así, hay casos en los que el condenado entrega su vivienda familiar, vehículos, dinero intervenido, trastero, plazas de garajes y se compromete a abonar mensualmente una cantidad -a modo de hipoteca- hasta el pago íntegro de la multa impuesta", dice el Tribunal, apuntando que esto exigirá un análisis individual de la situación de cada uno.

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