Hablar cualquier lengua autonómica sumará puntos para ser juez mercantil

  • El Tribunal Supremo obliga al Consejo General del Poder Judicial a valorar el conociemiento del vasco, el gallego o el catalán.
  • La sentencia da la razón a la asociación Jueces para la Democracia.
El Tribunal Supremo ha anulado un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de julio de 2004 relativo a la provisión de plazas de Juzgados de lo Mercantil y obliga al órgano de gobierno de los jueces a tener en cuenta el conocimiento de las lenguas autonómicas como mérito para optar a estos cargos judiciales.

La sentencia, hecha pública este miércoles, da la razón a la asociación Jueces para la Democracia (JpD), que recurrió ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa la negativa del Consejo de reconsiderar su decisión inicial y tener en cuenta el conocimiento de estas lenguas a la hora de ofertar las plazas. La resolución se ciñe al acuerdo del CGPJ y no afectará al resultado del concurso.

La Ley Orgánica no deja lugar a incertidumbre en este punto
Según la sentencia del alto tribunal, "la sistemática de la Ley Orgánica no deja lugar a incertidumbre en este punto" y "más allá de lo que se considere acertado o conveniente", el legislador ha querido que el mérito excluido por el CGPJ "se tenga presente en todo los supuestos de provisión de destinos judiciales,
sin excepciones".

La Comisión Permanente del CGPJ anunció el concurso de jueces de lo Mercantil el 13 de julio de 2004, y en él se señalaba de forma explícita que "no constituiría mérito preferente el conocimiento de la lengua oficial y el Derecho Civil Especial o Foral propios de las Comunidades Autónomas".

Esta decisión mereció el voto particular discrepante del vicepresidente del Consejo, Fernando Salinas, y de otros tres vocales pertenecientes a la denominada "minoría progresista" del CGPJ: Montserrat Comas, Maria Ángeles García y Alfons López Tena.

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