El Gobierno de Aragón recurrirá el Real Decreto de prescripción enfermera

El Gobierno de Aragón, a petición del Departamento de Sanidad, va a llevar a cabo acciones judiciales en el orden Contencioso-Administrativo contra el Real Decreto 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, que entró en vigor el pasado 24 de diciembre. Entre otras cosas, se va a solicitar la suspensión cautelar del mismo.
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El Gobierno de Aragón, a petición del Departamento de Sanidad, va a llevar a cabo acciones judiciales en el orden Contencioso-Administrativo contra el Real Decreto 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, que entró en vigor el pasado 24 de diciembre. Entre otras cosas, se va a solicitar la suspensión cautelar del mismo.

Esta decisión se ha tomado este miércoles, 17 de febrero, en una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno, en la que también se ha acordado que el Departamento de Presidencia requiera de incompetencia al Gobierno central por determinados artículos que, se considera, invaden competencias propias de la Comunidad Autónoma. Esta medida se toma al amparo del artículo 63 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

De esta forma, se solicitará que se anulen o modifiquen los artículos 2.2, 3.2 párrafo primero, 10.1 párrafo tercero, 10.2 párrafo primero, 10.3 párrafo primero, Disposición transitoria Única punto 3 párrafo segundo, Disposición final cuarta apartado cuarto y Anexo II párrafo siguiente al apartado seis del citado Real Decreto.

La justificación es que en estos artículos se plantean cuestiones relativas a la acreditación de los profesionales sanitarios, lo cual es competencia exclusiva de la Comunidad, según el artículo 71.55 del Estatuto de Autonomía.

Concretamente, se considera que el Real Decreto atribuye a la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la competencia para la acreditación de los profesionales de enfermería que deseen ejercer las funciones de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Además, impide el desarrollo de aspectos organizativos propios en materia de asistencia sanitaria, sin que se justifique la necesidad de asumir tal competencia, ha relatado el Gobierno de Aragón en una nota de prensa.

Si el órgano requerido no atiende la petición de la Comunidad aragonesa en los plazos establecidos, el Ejecutivo autonómico elevará el conflicto al Tribunal Constitucional.

El Real Decreto 954/2015 hace obligatoria la presencia del médico para diagnosticar, prescribir y protocolizar cualquier actuación. Esto implica, según el análisis de la norma realizado por el Departamento de Sanidad, "que los procesos sean más lentos, dado que impide a los enfermeros hacer de manera autónoma cientos de actuaciones que hasta ahora se llevaban a cabo con normalidad".

En este punto, el Gobierno ha añadido que "los enfermeros prescribían medicamentos siguiendo protocolos y guías de práctica clínica, sin el diagnóstico ni la prescripción previa del médico" puesto que son situaciones "que forman parte habitual de su ejercicio profesional como, por ejemplo, la medicación a los crónicos".

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