Tribunales.-Se reanuda este lunes la vista oral contra la excorporación de Zurgena por 94 viviendas irregulares

La vista oral contra la excorporación local de Zurgena (Almería) por autorizar la construcción de un residencial de 94 viviendas presuntamente sobre suelo no urbanizable se retoma este lunes en el Juzgado de lo Penal 4 después de que su titular acordase en noviembre un receso a la espera de resolver las cuestiones previas planteadas por las partes, entre ellas varias nulidades y solicitudes de prueba.

En concreto, se deben resolver las peticiones de nulidad de actuaciones y de que se incorporen a las actuaciones algunas documentales interesadas por una de las defensas, como el libro de actas del Ayuntamiento o el expediente de la licencia de obras del residencial 'Lemon Tree Island Botanic Resort', proyectado en el paraje de Los Cabreras.

La jueza también admitió, entre otras, la declaración testifical de la exsecretaria municipal y de uno de los 34 ciudadanos extranjeros que celebraron un contrato de compraventa con el promotor y administrador de la mercantil 'New Medina Villas', el acusado Francisco Javier R.D.C., y personados como acusación particular ya que el fiscal solicita la demolición de lo construido si bien la obra se paralizó por orden judicial en julio de 2006.

Cabe recordar que, a raíz de otro procedimiento por hechos similares, ya sustanciado, el Juzgado de lo Penal 2 ordenó deducir testimonio a la Fiscalía para esclarecer una posible falsedad documental en el libro de actas y la certificación de la concesión de la licencia del Ayuntamiento zurgenero.

En concreto, se constató que en el acta de la sesión del pleno del día 30 de abril de 2005 "no aparecía nada relativo a la concesión de la licencia" para 14 viviendas en Los Llanos del Peral y en el interrogatorio de un letrado de la defensa que planteó la cuestión a secretaria municipal se puso de manifiesto que existían "actas del Ayuntamiento que no están firmadas, incluso que han sido aportadas en otros procedimientos, ni por la secretaria municipal ni por el alcalde", lo que la magistrada calificaba en su sentencia de "extraño".

Según recoge el escrito de calificación provisional del fiscal, al que tuvo acceso Europa Press, Francisco Javier R.D.C., en su calidad de administrador de la mercantil 'New Medina Villas', decidió promover y construir 94 viviendas unifamiliares en el paraje 'Los Cabreras', sobre "suelo no urbanizable" y "siendo conocedor de ello".

El Ministerio Público sostiene que era así porque las parcelas eran agrícolas, "dedicadas a distintos usos como labor de secano, cereal, dehesas de pastos o terrenos improductivos", no formaban parte de "ningún núcleo de población existente" y, además, "ni tan siquiera tenía acceso rodado por vía urbana, ni abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía eléctrica en baja tensión".

"amparo fraudulento en la loua"

De este modo, continúa, en diciembre de 2004 y "habiendo acometido obras de urbanización sin solicitar la preceptiva licencia municipal", sí solicito licencia para la construcción del residencial "pues tenía conocimiento —remarca— de que el Ayuntamiento de Zurgena podía conceder la licencia amparándose fraudulentamente en la norma establecida en la disposición transitoria séptima de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)".

El fiscal matiza que ésta era aplicable a los municipios que no contasen con planeamiento general, como era el caso de Zurgena, pero que Francisco Javier R.D.C., arquitecto de profesión, "sabía perfectamente que el suelo para el que solicitaba la licencia no cumplía las condiciones de aquella norma".

Con respecto al arquitecto técnico municipal Carlos Domingo B.F. señala que emitió informe en el expediente administrativo en el que, "pese a ser conocedor de que el suelo era no urbanizable", afirmaba que se consideraba que "la parcela donde se pretendía edificar se encontraba en suelo urbano por darse las condiciones del artículo 45 de la LOUA".

Añade el Ministerio Público que decía el citado informe que el núcleo diseminado de 'Los Cabreras' estaba incluido como agrupación de población considerada como núcleo urbano en el anexo I de las Normas Subsidiarias provinciales "cuando en las referidas normas no se hace mención a aquella población" sino a otro núcleo, Los Llanos del Peral, sí contemplado aunque "sin ninguna relación con el lugar donde se solicitaba la licencia" y que esta precisión la hacía "inmediatamente antes de considerar el suelo como urbano".

Reprocha, en esta línea, que el arquitecto técnico municipal hizo constar "notas" en las que afirmaba que la licencia de obras "estaba condicionada a la entrega en este Ayuntamiento antes del comienzo de las obras de las condiciones de acometida de las empresas de servicios —Galasa, Endesa-Sevillana, Telefónica—" y que, además, precisó que "se incumplían la totalidad de servicios que deben concurrir en la parcela, ya que existen parcialmente los mismos".

"licencia contraria a la legislación"

El 3 de enero de 2015, el pleno del Ayuntamiento, con el exalcalde Cándido Trabalón a la cabeza y su exconcejal de Urbanismo, Manuel Tijeras, ambos principales encausados en el caso 'Costurero' en el que enfrentan penas de hasta 180 años de cárcel, aprobó la concesión de la licencia con los votos favorables de otros siete exediles "pese a que todos ellos sabían que el suelo era no urbanizable y que la licencia era contraria a la legislación urbanística".

El Ministerio Público indica en su escrito que, al conceder la licencia, se hizo constar, entre otras, condiciones como que estaba a expensas de la entrega en el Ayuntamiento "de las condiciones de acometidas de las empresas de servicios" y se advirtió que de no aportarse dicha documentación "el permiso quedaría anulado", así como que, antes del comienzo de la obra, se debía presentar "proyecto de ejecución".

Al parecer, Francisco Javier R.D.C. "incumplió" las condiciones de la licencia y comenzó igualmente la construcción del residencial, llegando a celebrar varios contratos de compraventa, en su mayoría con ciudadanos británicos, con la intención de enajenar las viviendas una vez estuvieran construidas.

Todos los acusados se enfrentan a una petición de fiscal de 21 meses de prisión. Para el promotor se interesa, asimismo, multa de 24 meses a razón de una cuota diaria de 50 euros mientras que para excargos y empleado público solicita inhabilitación especial durante nueve años.

Según consta en los escritos de acusación particular, consultados por Europa Press, los compradores extranjeros adquirieron las viviendas del residencial, denominado comercialmente 'Lemon Tree Island Botanic Resort', por cantidades que oscilan entre los 289.435 euros y los 294.250 euros y llegaron a abonar en la mayoría de los casos la mitad del precio.

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