Ayuntamiento Murcia retirará más de 400 vallas publicitarias para mejorar la imagen del municipio

El alcalde José Ballesta ha firmado este martes un convenio con el presidente de la Asociación Murciana de Empresas de Publicidad Exterior, Joaquín Manzanera, para materializar la retirada de más de 400 vallas publicitarias en la vía pública y en 150 solares municipales.
Ballesta y Manzanera
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AYUNTAMIENTO DE MURCIA
Ballesta y Manzanera

El alcalde José Ballesta ha firmado este martes un convenio con el presidente de la Asociación Murciana de Empresas de Publicidad Exterior, Joaquín Manzanera, para materializar la retirada de más de 400 vallas publicitarias en la vía pública y en 150 solares municipales.

Según Ballesta, uno de los principales ejes estratégicos de la política del Ayuntamiento de Murcia es "mejorar la imagen del municipio, sus principales accesos, conservar la limpieza de la ciudad y resolver situaciones y problemas que existían desde hace tiempo".

Por este motivo, el concejal de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta, Antonio Navarro, ha enviado este martes una notificación a los propietarios de las vallas publicitarias ordenándoles la retirada de las mismas en un plazo máximo de 15 días, ya que se trata de vallas que no tienen licencia.

En caso de que los propietarios no procedan a la retirada de las vallas, será la Asociación Murciana de Empresas de Publicidad Exterior la que se encargará, sin coste alguno para el Ayuntamiento, de la retirada de las mismas, gracias a la firma de este convenio.

De esta forma, Ballesta ha anunciado que en los primeros meses de 2016 "este problema quedará absolutamente resuelto, porque esta Corporación será rigurosa con el cumplimiento de la ley y el respeto a las normas del Estado de Derecho".

Las primeras vallas que se van a retirar serán las situadas alrededor de la plaza Isla Grosa, para continuar con las existentes en Juan Carlos I y Juan de Borbón, así como en el resto de accesos a la ciudad.

El acuerdo permitirá retirar los elementos de publicidad ubicados sin cobertura jurídica en los mencionados terrenos municipales, en caso de ser incumplido el requerimiento que se realice a los titulares de tales elementos ubicados en suelo de titularidad municipal.

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