Maeztu declara la "actitud entorpecedora" de Zoido en un expediente de queja cuando ostentaba la Alcaldía

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha declarado la "actitud entorpecedora del alcalde del Ayuntamiento de Sevilla" en la tramitación de un expediente de queja que arrancó durante 2014, cuando el popular Juan Ignacio Zoido ostentaba la Alcaldía hispalense, toda vez que hasta el 1 de junio de este año la institución habría intentado infructuosamente recabar del Consistorio una información relacionada con dicho expediente de queja.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha declarado la "actitud entorpecedora del alcalde del Ayuntamiento de Sevilla" en la tramitación de un expediente de queja que arrancó durante 2014, cuando el popular Juan Ignacio Zoido ostentaba la Alcaldía hispalense, toda vez que hasta el 1 de junio de este año la institución habría intentado infructuosamente recabar del Consistorio una información relacionada con dicho expediente de queja.

La resolución de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, fechada el 19 de noviembre y recogida por Europa Press, parte de una queja tramitada a partir de 2014 "por la falta de resolución del Ayuntamiento de Sevilla a diversos escritos en los que el interesado solicitaba la vista de diversos expedientes de licencia y disciplina de actividades, así como de la realización de mediciones de ruidos aéreos y de impacto".

Sin "respuesta"

A la hora de tramitar la queja, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz solicitó "la colaboración del Ayuntamiento de Sevilla, al objeto de obtener la información necesaria para la aclaración del asunto planteado". En concreto, el 1 de julio de 2014 fue solicitado "el preceptivo informe" del Ayuntamiento, pero como dicha petición "no obtuvo la respuesta", la institución se vio "obligada a requerir en dos ocasiones más dicha información, mediante peticiones realizadas con fechas 15 de septiembre y 21 de octubre de 2014".

Y como con estos nuevos escritos "tampoco se obtuvo contestación", en marzo de 2015 fue remitido un recordatorio al Ayuntamiento hispalense, avisándole de que "los poderes públicos están obligados a auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Defensor del Pueblo Andaluz en sus investigaciones e inspecciones", con la "advertencia formal de que su falta de colaboración podrá ser considerada por el Defensor del Pueblo Andaluz como hostil y entorpecedora de sus funciones".

"actitud entorpecedora"

"Como quiera que hasta la fecha y a pesar de las conversaciones telefónicas que han mantenido personal de esta institución con ese ayuntamiento los pasados días 17 de diciembre de 2014, fecha en la que remitimos un correo electrónico a esa Alcaldía con antecedentes, y 1 de junio de 2015, no se ha recibido la información tantas veces solicitada", la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz declara "la actitud entorpecedora del alcalde del Ayuntamiento de Sevilla a la labor de investigación de esta institución en el curso de la queja indicada, destacando dicha declaración en el informe anual al Parlamento de Andalucía".

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