Este jueves entra en vigor la prolongación del servicio activo de los funcionarios de la Administración regional

Este jueves entra en vigor la Ley aprobada el pasado día 2 en las Cortes de Castilla-La Mancha que modifica la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 2015 para prolongar el servicio activo de los funcionarios de la Administración regional.
FUNCIONARIO, OFICINA, TRABAJADOR,
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EUROPA PRESS
FUNCIONARIO, OFICINA, TRABAJADOR,

Este jueves entra en vigor la Ley aprobada el pasado día 2 en las Cortes de Castilla-La Mancha que modifica la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 2015 para prolongar el servicio activo de los funcionarios de la Administración regional.

Según publica el Diario Oficial de Castilla-la Mancha en su edición de este miércoles y recoge Europa Press, en virtud de dicha modificación el Gobierno regional ha determinado que el órgano que tenga atribuida la competencia para declarar la jubilación podrá prolongar o renovar la permanencia en el servicio activo del personal funcionario, incluido el docente no universitario, que preste servicios en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en las entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la misma.

La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha acordará, por cada concesión de prolongación o renovación de permanencia en el servicio activo, en los supuestos y con los requisitos expresamente previstos en la normativa que sea de aplicación, la incorporación de nuevo personal en los ámbitos, centros, unidades o funciones donde se haya concedido la referida prolongación o renovación.

Los ceses por jubilación del personal funcionario y estatutario a los que, en virtud de lo previsto en la presente ley, se les prolongue la permanencia en el servicio activo se computarán para calcular la tasa de reposición de efectivos en los términos en que se prevea en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Así las cosas, al personal funcionario al que conforme a la normativa anterior se le haya denegado la prolongación de la permanencia en el servicio activo o la renovación de la misma y que a la entrada en vigor de la presente ley no haya perdido la condición de personal funcionario podrá solicitar de nuevo dicha prolongación o renovación.

De igual modo, se mantienen las prolongaciones de la permanencia en el servicio activo vigentes a la entrada en vigor de la presente ley. Una vez finalizada la correspondiente prolongación, solo podrá renovarse en los casos y de la manera que se indican en la presente ley.

Jornada de 35 HORAS

En otro orden de cosas, esta Ley, que fue aprobada con los votos a favor de PSOE y Podemos y la abstención del PP, supone también una modificación de la Ley de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales aprobada por el Ejecutivo del PP en 2012, a fin de que la jornada general de trabajo del personal al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cualquiera que sea su régimen jurídico, vuelva a ser de treinta y cinco horas semanales de promedio en cómputo anual, una medida que entrará en vigor el próximo 1 de enero.

Ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local

De igual modo, el Diario Oficial de Castilla-la Mancha publica este miércoles la Ley de medidas para la garantía y continuidad en Castilla-La Mancha de los servicios públicos, aprobada también en el pleno del 2 de diciembre, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local de 2013.

La aprobación de la presente ley tiene como objetivo principal garantizar la continuidad en la prestación de servicios públicos, clarificando y dotando de seguridad jurídica el régimen aplicable a competencias tan esenciales como la educación, la sanidad y servicios sociales, para que puedan seguir prestándose por los municipios, hasta tanto definitivamente asumidas por la Administración Autonómica tras la aprobación del nuevo sistema de financiación autonómica.

Dicha norma establecer que las competencias en materia de educación, de participación en la gestión de la atención primaria de la salud, prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social, seguirán siendo ejercidas por las Entidades Locales hasta que la Comunidad Autónoma asuma su titularidad en los términos previstos en las normas reguladoras del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas y haciendas locales, al igual que el resto de competencias.

Corresponderá al Consejo de Gobierno, en el marco de lo dispuesto por las normas reguladoras del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas y de las haciendas locales, aprobar la asunción de la titularidad de estas competencias, así como las condiciones para el traspaso de los correspondientes medios económicos, materiales y personales.

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