Tribunales.- Fiscalía estudia recurrir al TSJA la sentencia que absuelve a un joven de violar a una menor

El Ministerio Fiscal estudia recurrir en apelación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén que absuelve a N.S., de 29 años, del delito de agresión sexual después de que en 2013 fuera denunciado por una menor, de 16 años, que afirmó haber sido violada. La sentencia sostiene que no hay prueba suficiente de cargo para una condena por lo que absuelve al acusado que ya ha sido puesto en libertad tras pasar casi tres años en prisión preventiva.

El Ministerio Fiscal estudia recurrir en apelación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén que absuelve a N.S., de 29 años, del delito de agresión sexual después de que en 2013 fuera denunciado por una menor, de 16 años, que afirmó haber sido violada. La sentencia sostiene que no hay prueba suficiente de cargo para una condena por lo que absuelve al acusado que ya ha sido puesto en libertad tras pasar casi tres años en prisión preventiva.

Fuentes del Ministerio Fiscal han confirmado a Europa Press que tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el posible recurso no sería en casación ante el Supremo sino en apelación al TSJA. Los requisitos para este tipo de recurso están muy tasados, de ahí que se esté estudiando por parte del Ministerio Público para ver si es posible el recurso.

Por su parte, la abogada de la menor, Celia Megía, ha dicho a Europa Press que respeta la sentencia pero la comparte. Señala que como Amuvi no pueden plantearse el recurso por falta de recursos económicos, aunque ha anunciado que su cliente solicitará este viernes el turno de oficio para poder recurrir la sentencia. Con esta medida logrará parar el plazo de presentación del recurso que comenzará a contar cuando nuevamente tenga defensa asignada.

Megía ha dicho que la declaración de la joven "cumple con todos los requisitos exigidos por el Supremo" para desvirtuar el principio de presunción de inocencia y ha recordado que "no todas las personas reaccionan igual" ante una violación por lo que es de entender que la menor se quedara bloqueada.

La sentencia recoge que "este tribunal considera que la víctima pudo verse sorprendida por esta penetración anal pero no se prueba, en forma alguna, que se resistiera a esta relación sexual y que lo hiciera patente al acusado que, como ya se ha reseñado, no utilizó violencia o intimidación alguna", recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Añade la sentencia que tampoco hay datos subjetivos para respaldar una sentencia condenatoria puesto que en el acto del juicio quedó probado que acusado y víctima eran "más que conocidos" ya que paseaban juntos e incluso habían salido juntos en alguna ocasión con amigos comunes.

Los hechos se remontan al 29 de septiembre de 2012 en Torredonjimeno (Jaén) cuando el procesado mantuvo una relación con la menor. N.S. llevaba en prisión desde marzo de 2013 ya que tras la denuncia desapareció de Torredonjimeno y fue detenido y encarcelado seis meses después.

La Fiscalía había calificado los hechos de agresión sexual, y reclamaba para N.S. 11 años de prisión. También reclamaba una indemnización de 12.500 euros para la menor por los daños morales sufridos. Por su parte, la acusación particular ejercida por Amuvi, reclamaba 12 años de prisión y una indemnización de 25.000 euros.

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