El mosso que mató a un motorista en Barcelona al embestirle con el coche patrulla deberá pagar una multa de 300 euros

  • La juez constata la falta de diligencia del agente
  • Reduce la indemnización a la família un 40% porque el joven había bebido
  • El fallo concluye que el furgón podía saltarse el semáforo en rojo

Un año después de que un mosso d´esquadra embistiera con un furgón policial a un motorista causándole la muerte en un cruce de Barcelona, el juez ha impuesto una multa de 300 euros al agente. El mosso deberá indemnizar a la familia del fallecido con 67.600 euros. La sentencia concluye que el mosso d´esquadra

no actuó con "diligencia extrema" y corrobora que rebasar un semáforo en rojo con las luces de emergencia está permitido a un furgón policial.

La sentencia señala también que el motorista no pudo reaccionar adecuadamente porque triplicaba la tasa de alcohol en sangre permitida.

El accidente se produjo el 19 de julio de 2006, hacia las 20.45 horas, en la confluencia de las calles Ausiàs March y Roger de Flor.

El vehículo policial se dirigía, con las señales acústicas y luminosas de emergencia, a reforzar el dispositivo organizado con motivo de una manifestación de vecinos en contra de la narcosala del Hospital Vall d´Hebron.

La juez de Instrucción número 7 de Barcelona ha condenado al conductor del furgón de los Mossos por una falta leve de imprudencia con resultado de muerte. Por ello, deberá indemnizar a la compañera sentimental de la víctima con 57.969 euros y a los padres con 9.662 euros, cantidades de las que debe responder la aseguradora del furgón como responsable civil directa y la Generalitat como responsable civil subsidiaria.

Triplicaba la tasa de alcohol

La juez ha considerado que el motorista fue responsable en parte del accidente, ya que cuando fue embestido por el furgón superaba hasta tres veces la tasa de alcohol en sangre permitida, llegando a 1,80 gramos por litro. Además, presentaba 0,02 miligramos de metadona.

Todo ello "tuvo que influir, como mínimo, en su capacidad de reacción", según la sentencia, dónde se argumenta, además, que "en circunstancias normales de capacidad", el motorista podría haber oído las señales acústicas del furgón.

Pese a que se considera "erróneos" algunos datos del perito que realizó el informe sobre el accidente, lo que sí considera probado la juez es que el vehículo policial llevaba activadas las señales acústicas y luminosas cuando atropelló al motorista.

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