TSJPV ratifica el fallo que condena a Gerdau y Cofivacasa a indemnizar con casi 70.000 euros a afectado por Asbestosis

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado los recursos de Gerdau Aceros Especiales y Cofivacasa contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de San Sebastián, que las condenó a indemnizar con 69.724,33 euros por daños y perjuicios a un extrabajador de Pedro Orbegozo-Acenor de Hernani, al que la Seguridad Social le reconoció una incapacidad total por Asbestosis, derivada de enfermedad profesional.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado los recursos de Gerdau Aceros Especiales y Cofivacasa contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de San Sebastián, que las condenó a indemnizar con 69.724,33 euros por daños y perjuicios a un extrabajador de Pedro Orbegozo-Acenor de Hernani, al que la Seguridad Social le reconoció una incapacidad total por Asbestosis, derivada de enfermedad profesional.

En un comunicado, la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi Asviamie ha informado de que este trabajador, Eugenio I.C., trabajó entre 1970 y 1993 en Pedro Orbegozo-Acenor desarrollando tareas de Cucharero en Acería con "importante e incontrolada exposición durante más de 20 años al Amianto, así como otras sustancias cancerígenas, sin información del riesgo, ni mediciones ambientales, ni adecuadas medidas de protección respiratoria".

Tras el cierre de la empresa, en el 94 logró que se le reconociera una Incapacidad Total por enfermedad común por Lumbalgia y en 2013 tras diagnosticarle una Asbestosis pleural con limitaciones por Disnea, Grado II, Astenia, Restricción moderada ventilatoria, la Seguridad Social, le reconoció la incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional.

El TSJPV afirma que la resolución de la Seguridad Social se "refiere a la ocupación habitual y no al trabajo, porque la merma afecta a toda persona, trabajadora o no". Asviamie ha considerado "positiva" la sentencia del Tribunal y ha animado a los pensionistas afectados de restricciones respiratorias y disnea a "reclamar el reconocimiento profesional de la enfermedad y la compensación por el daño producido, por el desprecio de las empresas al cumplimiento de la legislación y sus obligaciones preventivas".

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