Tribunales.- Absuelto un acusado de maltratar y amenazar a su pareja y un hijo de ella

El juez ve "extraño" que la mujer denunciara "dos años después de haber finalizado la relación sentimental"

El Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que absuelve a un hombre, que estaba acusado de delitos de maltrato habitual y amenazas continuadas a su pareja y un hijo menor de ella, en la capital cordobesa, después de que el juez considera que hay "falta de pruebas" que avalen la denuncia.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, "no queda debidamente acreditado" que el procesado haya cometido las infracciones penales de las que se le acusaba, a lo que añade que "la duda siempre ha de favorecer al reo".

Además, el magistrado apunta que "resulta al menos extraño que la denunciante presente su denuncia dos años después de haber finalizado la relación sentimental y precisamente cuando el acusado inicia una proceso civil donde él es el actor y la denunciante la parte demandada".

Así, en el acto del juicio, el hombre reconoció la relación sentimental ya finalizada y negó todos los hechos, mientras que la mujer ratificó su denuncia, al tiempo que el juez destaca que la testifical "tampoco aportó luz a la resolución", si bien en la prueba documental consta un parte de lesiones que "sufrió la denunciante a causa de un accidente, una caída fortuita por las escaleras de su casa".

En concreto, en la resolución judicial se declara probado que el procesado mantuvo una relación de pareja con la mujer desde febrero del año 2006 hasta septiembre del año 2010, conviviendo en el mismo domicilio de la capital junto a los hijos de ella, menores de edad.

Al respecto, el magistrado detalla que durante la relación y con posterioridad "han mantenido diversas discusiones, sin que se haya podido determinar el contenido de las mismas, ni el resto de hechos por los que se ha ejercido acusación".

Cabe destacar que el Ministerio Público pedía para el hombre penas que sumaban cinco años de prisión y once años y seis meses de orden de alejamiento; mientras que la acusación, dos años y diez meses de cárcel y tres años de alejamiento. La defensa solicitó la absolución.

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