El Gobierno simplifica los trámites para la apertura de empresas dedicadas a alimentación especial y aguas minerales

El Gobierno de La Rioja ha aprobado modificar el Decreto que regula la inscripción registral de los establecimientos y de los alimentos para adaptarlo al Real Decreto 682/2014 de 1 de agosto, por el que se modificó, entre otros, la normativa sobre el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).
La portavoz del Gobierno y la consejera e Innovación informan Consejo Gobierno
La portavoz del Gobierno y la consejera e Innovación informan Consejo Gobierno
EUROPA PRESS
La portavoz del Gobierno y la consejera e Innovación informan Consejo Gobierno

El Gobierno de La Rioja ha aprobado modificar el Decreto que regula la inscripción registral de los establecimientos y de los alimentos para adaptarlo al Real Decreto 682/2014 de 1 de agosto, por el que se modificó, entre otros, la normativa sobre el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).

La portavoz del Ejecutivo regional, Begoña Martínez Arregui, ha asegurado que "queremos hacer del Gobierno de La Rioja una administración más ágil y eficaz, que favorezca las nuevas relaciones ciudadanas y simplifique sus procesos administrativos". En este objetivo se enmarca el acuerdo aprobado, dado que "competitividad y simplificación administrativa guardan una relación proporcional, ya que entendemos que a mayor simplificación, mayor competitividad".

Martínez Arregui ha apuntado, además, que "esta modificación que acabamos de aprobar favorece la simplificación administrativa de las empresas implicadas en la cadena alimentaria, pero con un matiz muy importante, ya que esto no supone ningún menoscabo para la seguridad alimentaria".

La modificación afecta a los productos destinados a una alimentación especial y a las aguas minerales naturales y de manantial, para las que se simplifica el procedimiento de inscripción que tienen que llevar a cabo con el objetivo de eliminar cargas administrativas e impulsar la actividad comercial sin que ello suponga ningún menoscabo para la seguridad alimentaria que, cada vez más, descansa en la responsabilidad de los operadores económicos.

En concreto, la nueva normativa suprime la exigencia de inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) de las aguas minerales naturales y aguas de manantial y de los productos alimenticios destinados a una alimentación especial como tales, pero no de las empresas que las elaboren, que están sometidas a los controles sanitarios preceptivos.

La finalidad de este registro es la protección de la salud al mantener actualizada la información sobre las vicisitudes de las empresas que intervienen en el mercado, que constituya un elemento esencial para los servicios de inspección y asegura la posibilidad de actuar con rapidez y eficacia en aquellos casos en que existe un peligro para la salud pública, sin que se obstaculice la libre circulación de mercancías.

Por ello, deben inscribirse en este Registro los establecimientos y las empresas riojanas en las que se manipulen, transformen, envasen, almacenen, o importen alimentos, pero ya no será necesario que se inscriban los productos destinados a una alimentación especial y a las aguas minerales naturales y de manantial.

No obstante, en el caso de las aguas deben realizarse los trámites para la actualización del listado de aguas reconocidas en España y, respecto a los productos destinados a una alimentación especial, debe mantenerse el procedimiento de notificación de salida al mercado por primera vez.

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