Eximen a Alsa de pagar 3.500 euros a una viajera que aseguró sufrir lesión cervical por dos frenazos

La Justicia ha eximido a la empresa de autobuses Alsa de abonar los 3.583 euros que le reclamaba una pasajera que aseguró sufrir una lesión cervical a raíz de dos frenazos bruscos realizados por el conductor en el puerto de Los Tornos, en el trayecto Santander (Cantabria)-Villarcayo (Burgos) en mayo de 2012 al esquivar un animal que se atravesó.

La Justicia ha eximido a la empresa de autobuses Alsa de abonar los 3.583 euros que le reclamaba una pasajera que aseguró sufrir una lesión cervical a raíz de dos frenazos bruscos realizados por el conductor en el puerto de Los Tornos, en el trayecto Santander (Cantabria)-Villarcayo (Burgos) en mayo de 2012 al esquivar un animal que se atravesó.

Así consta tanto en la sentencia de instancia del Juzgado número 2 de Laredo como en el fallo dictado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, que desestima el recurso de apelación interpuesto por la demandante, a la que condena al pago de las costas de alzada.

De acuerdo con ambas sentencias -la de la Audiencia es firme ya que no cabe recurso alguno contra ella- la pasajera demandó a la empresa de autobuses y al conductor, así como a la compañía de seguros, para que le abonaran 3.587 euros por las lesiones sufridas el 26 de mayo de 2012, cuando viajaba de Santander a Villarcayo y, a la altura del puerto de Los Tornos, el chofer realizó dos frenazos bruscos.

Sin embargo, la jueza de instancia consideró que no resultó debidamente acreditado el accidente ni la relación con las lesiones, ya que si bien la demandante aportó un ticket de autobús del día de los hechos, el mismo no es nominativo, con lo cual no prueba que viajara ella en el autobús.

Y aunque aporta un parte de asistencia en el Centro de Salud de Villarcayo, según el cual la mujer presentaba contractura cervical, con irradiación a región ocipital, el perito apuntó que la etiología del dolor cervical es múltiple.

A esto se suma que la demandante y el conductor mantienen versiones "absolutamente contradictorias", ya que la primera afirmó que el segundo dio dos frenazos bruscos porque "un animal se había atravesado" y que ella estaba "mala del cuello", ambos aspectos negados "con contundencia y seguridad" por el hombre.

A la jueza no sólo le parece "más creíble" la versión del conductor, sino que le resulta "extraño" que la afectada no tomara datos de otros pasajeros como posibles testigos ni recordara siquiera cuántas personas viajaban en el autobús. En este sentido, en la sentencia se destaca que no consta que ningún otro viajero formulara reclamación por los hechos, ni tampoco intervención alguna de agentes de autoridad.

VELOCIDAD

Además, la velocidad a la que debía circular el autobús "no debía ser muy elevada", teniendo en cuenta que los hechos se produjeron en Los Tornos, extremo que también pone de manifiesto el magistrado de la Audiencia, que señala al respecto que el trazado "sinuoso, con gran desnivel, continuas curvas y peligroso" del puerto "obliga a conducir despacio".

Este juez también incide en el hecho de que la mujer no comunicara al resto de viajeros queja alguna durante el trayecto, ni sobre los hechos ni acerca de posibles dolores, hasta el punto de que el conductor aseguró que tuvo conocimiento de lo ocurrido cuando le llegó la denuncia.

A lo anterior se suma la contradicción en la que incurre la mujer cuando le preguntan si los movimientos que sufrió hacia adelante por los frenazos fueron seguidos -como aseguró al principio del interrogatorio- o transcurrieron entre los mismos 20 minutos.

Por todo ello, y teniendo en cuenta que las versiones son contradictorias, la Audiencia desestima el recurso interpuesto por la demandante, a la que condena al pago de las costas.

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