UNIA.- El fiscal Superior percibe carencias en la reciente Ley de Patrimonio

Jesús María García Calderón ha abordado las bondades y carencias de la Ley 10/2015 sobre Patrimonio Cultural

El fiscal Superior de Andalucía, Jesús María García Calderón, ha analizado las carencias de la Ley 10/2015 para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, una normativa que "se refiere poco al patrimonio histórico y únicamente ha establecido una formulación breve al delito de daños por expolio", según sus palabras.

Asimismo, ha añadido que la ley ahonda también en el problema de las pequeñas agresiones a los bienes culturales, como consecuencia del vandalismo, donde estos actos "serán perseguidos como delitos leves", ha aclarado.

Jesús María García Calderón ha participado esta semana en el curso 'El nuevo Código Penal reformado a debate', dirigido por el profesor de la Universidad de Granada, Lorenzo Morillas Cuevas, y organizado por la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) en el campus Antonio Machado de Baeza (Jaén). Su ponencia ha analizado la protección de los bienes culturales a raíz de la Constitución de 1978.

Según el fiscal, la normativa que ha venido protegiendo estos bienes tanto a nivel administrativo como en el Código Penal de 1995 fue la primera que cumplió el mandato constitucional donde "se ordenaba que la ley penal sancionara atentados contra el patrimonio histórico".

El fiscal Superior de Andalucía ha realizado también un recorrido sobre las consecuencias de la destrucción de los bienes culturales en las guerras de identidad, como ha sucedido en Alepo o Palmira, asoladas por el autodenominado Estado Islámico. Por ello, ha abordado el análisis de las abundantes carencias en la legislación penal, incapaces de castigar con exactitud este tipo de actos, bajo su punto de vista.

El fiscal asegura que estas carencias en la legislación española se adentran en defectos que no han sido corregidos en la Ley 10/2015, como es la falta de coordinación o relación adecuada entre la ley administrativa y la penal. Asimismo, asegura que falta regulación en algunas tipologías, como la excavación ilegal o el blanqueo de capitales a través de bienes culturales.

Aunque estas referencias no se han producido, sí se ha introducido un apartado referente al expolio de los yacimientos arqueológicos, según el fiscal jefe. No obstante, advierte de que pueden existir dudas en cuanto a la aplicación de la ley, puesto que "no está resuelta en cuanto a casos en los que el yacimiento es expoliado y se producen daños en las piezas".

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