Conceyu por Otra Función Pública recurre la relación de 48 puestos de trabajo de personal eventual

Conceyu por Otra Función Pública n'Asturies ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) un recurso contencioso-administrativo frente al Acuerdo de la Mesa de la Cámara de la Junta General del Principado de Asturias, adoptado en sesión celebrada el 29 de junio de 2015, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal eventual, por entender que el mismo "incurre en graves irregularidades que lo vician de nulidad".
Junta General del Principado de Asturias
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Conceyu por Otra Función Pública n'Asturies ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) un recurso contencioso-administrativo frente al Acuerdo de la Mesa de la Cámara de la Junta General del Principado de Asturias, adoptado en sesión celebrada el 29 de junio de 2015, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal eventual, por entender que el mismo "incurre en graves irregularidades que lo vician de nulidad".

Señalan que la Mesa de la Junta aprobó una relación de 48 puestos de trabajo de personal eventual "sin definir las funciones que les corresponden y que permitirían su configuración como puestos de confianza política como, por otra parte, exige el propio Reglamento de la Cámara".

Este "incumplimiento", señalan desde Conceyu por Otra Función Pública n'Asturies, "resulta especialmente grave por cuanto que los llamados asesores sólo pueden desempeñar tareas de colaboración inmediata con los cargos políticos que los nombran, en las que predominen las notas de afinidad y proximidad política que es inherente la confianza y tienen prohibidas las actuaciones de colaboración profesional que son normales en la actuación de una Administración Pública, las cuales deben ser desempeñadas obligatoriamente por funcionarios públicos".

La relación de los 48 de puestos de confianza aprobada por la Mesa de la Cámara incluye secretarios de mesa (7), asesores de grupos parlamentarios(8), responsables de comunicación de grupos parlamentarios(6), secretarios de grupos parlamentarios (6), asistentes de grupos parlamentarios (10),auxiliares de grupos parlamentarios (7), más 4 puestos adscritos al gabinete de la Presidencia.

Además señalan que el acuerdo de la Mesa de la Junta "incumple las Normas Reguladoras de la estructura orgánica de la Junta General, que solo permiten nombrar personal eventual para asistir a los Vicepresidentes y a los Secretarios de la Mesa en el ejercicio de sus funciones, pero no para los vocales de la misma como se hace de forma irregular en dicho acuerdo".

Por último, destacan que la relación de puestos de trabajo del personal eventual "incumple la obligación de señalar las retribuciones complementarias que corresponden a cada uno de dichos puestos".

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