El TSJA ve "ajustado a Derecho" el ERE de UGT-A tras la repetición del juicio

El juez de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Málaga ha dictado sentencia tras la repetición del juicio sobre el expediente de regulación de empleo (ERE) en UGT-A y considera que está "ajustado a Derecho" dicho ERE.

El juez de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Málaga ha dictado sentencia tras la repetición del juicio sobre el expediente de regulación de empleo (ERE) en UGT-A y considera que está "ajustado a Derecho" dicho ERE.

Según la sentencia, consultada por Europa Press, de esta forma, el TSJA ha desestimado "en su integridad" la demanda presentada por los trabajadores y califica el despido colectivo como "ajustado a derecho", por lo que absuelve al sindicato de las pretensiones formuladas en la demanda de los trabajadores.

Contra esta nueva sentencia cabe presentar recurso de casación dentro de los cinco días siguientes al de su notificación.

El juez rechaza el motivo de impugnación por omisiones e imprecisiones documentales, uno de los motivos esgrimidos por los trabajadores. Asimismo, el TSJA no aprecia mala fe en la postura negocial de la empresa y agrega que "al contrario, UGT-A ha realizado ofertas y contraofertas coherentes con las necesidades económicas y organizativas impuestas por las causas alegadas".

"Si no se alcanzó a la postre acuerdo, no puede aludirse a una posición de mala fe negocial de la demandada, sino al desencuentro de posturas, lo que conduce al rechazo de la causa formal de impugnación de la medida extintiva colectiva", indica el TSJA en la sentencia.

El TSJA afirma que tampoco comparte la afirmación de la sección sindical de que los criterios para designar a los afectados por el ERE "fueron confeccionados 'ex profeso'", según decían los trabajadores, ante lo que el Alto Tribunal Andaluz considera que los criterios de selección respecto a los que habrían que negociar "ya se encontraban incorporados en la documentación que acompaña a la comunicación de inicio del período de consultas".

El juez tampoco ha apreciado vulneración del derecho de libertad sindical y considera que sí se dan las causas económicas que UGT-A argumentó para presentar el ERE, puesto que "no existe dotación presupuestaria para las ayudas públicas previstas, UGT no puede solicitar dichas ayudas para realizar los proyectos finalistas en los que los empleados venían participando y no existe dotación económica suficiente para sustentar sus relaciones laborales a partir del 9 de enero de 2013".

En la sentencia se apunta, para justificar las causas económicas del ERE, que los ingresos ordinarios del sindicato "no son suficientes para cubrir la totalidad de gastos corrientes propios de su actividad" y se apunta que la cuenta de resultados de 2012 "arroja unas pérdidas de -148.516,76 euros", situación que se agravó en 2012, de forma que los presupuestos de UGT-A para 2012 "arroja un déficit cercano a los cuatro millones de euros".

Ha recordado que la deuda de la Administración pública con UGT en concepto de subvenciones finalistas asciende a más de 50 millones y además "las convocatorias para la adjudicación de programas finalistas y concesión de ayudas para su ejecución han sido suspendidas de facto por parte de las administraciones públicas".

El juicio del ERE de UGT-A se ha repetido en el mes de junio en la misma sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en Málaga, donde se celebró el primer juicio, después de que a su vez se suspendiera el pasado mes de mayo, se ha celebrado este miércoles y ha quedado visto para sentencia.

Según han indicado a Europa Press fuentes del caso, el juicio no se pudo celebrar en mayo y fue aplazado al 24 de junio debido a que no han asistido algunos de los testigos citados a la vista, y, en esta ocasión, tampoco han comparecido algunos de los testigos, pese a lo cual la vista finalmente se ha celebrado.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo anulaba la sentencia del TSJA que declaraba ajustado a derecho el ERE en UGT Andalucía, por el que hubo un despido colectivo de 159 trabajadores, y ordenaba repetir el juicio.

Primer juicio

El primer juicio se celebró a mediados de mayo de 2013 por conflicto colectivo presentado por la sección sindical de los trabajadores de UGT-A contra el sindicato, a raíz de la presentación del expediente de regulación de empleo (ERE) promovido en enero de 2013 por el sindicato, que afectaba a 159 trabajadores, contando los 29 trabajadores de estructura del sindicato y los 130 vinculados al programa Orienta.

El tribunal andaluz dictó sentencia a finales de ese mismo mes considerando que el despido colectivo "se ajusta a derecho". Los trabajadores anunciaron su recurso ante el Supremo porque no estaban conformes con lo que decía la sentencia ni en lo que decía ésta sobre el colectivo de los Orienta.

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