El juzgado archiva la investigación penal por el deterioro de la fachada del Edificio Histórico de la UVA

El Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid ha sobreseído las diligencias que a principios de abril de 2014 fueron abiertas por iniciativa de la Fiscalía con el fin de determinar el alcance y posible relevancia penal respecto del progresivo deterioro sufrido en los últimos años por la fachada el Edificio Histórico de la Universidad vallisoletana, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Estado que presentaba la fachada antes de las obras de restauración.
Estado que presentaba la fachada antes de las obras de restauración.
EUROPA PRESS
Estado que presentaba la fachada antes de las obras de restauración.

El Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid ha sobreseído las diligencias que a principios de abril de 2014 fueron abiertas por iniciativa de la Fiscalía con el fin de determinar el alcance y posible relevancia penal respecto del progresivo deterioro sufrido en los últimos años por la fachada el Edificio Histórico de la Universidad vallisoletana, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El auto judicial atiende así la solicitud que en el mismo sentido había sido formulada por la acusación pública y que obedece a que "no aparece debidamente justificada la perpetración de una infracción penal", afirmación fundamentada en sendos informes, uno pericial y otro del Ministerio Fiscal, en los que se constata que "no se puede asegurar objetivamente una negligencia en el deber de conservación del bien cultural, sin que tampoco se haya podido precisar la entidad de los daños que se habrían derivado, en su caso, de esa falta de protección".

En concreto, el sobreseimiento se basa en el informe del Estudio Patológico y Propuesta de Intervención elaborado por Petra S.Coop, en el que se alude a que en la mayoría de los casos las alteraciones más graves y urgentes de ser solucionadas fueron provocadas por los productos añadidos durante las reconstrucciones volumétricas realizadas en 1989.

Pero además, dicho informe ha sido suscrito por otro evacuado por Enrique Echevarría Alonso Cortés, restaurador del Museo de Valladolid y vocal de la Ponencia Técnica de la Comisión Territorial de Patrimonio, quien precisa que, en principio, el mantenimiento del canal superior de aguas que vierte en las gárgolas sería la única posible negligencia demostrable, en caso de no limpiarse periódicamente, por la posible acumulación de aguas en zonas delicadas de la fachada.

Sin embargo, "la gran variabilidad de factores (vientos, insolación, orientación, contaminación ambiental, características pétreas...) que pueden influir en la conservación de una fachada al aire libre impide casi realizar una valoración objetiva de la posible negligencia, salvo en casos muy evidentes", advierte el experto, que por ello concluye que no es posible atribuir dicha infracción y que tampoco se ha podido precisar la entidad de los daños que se habrían derivado de esa falta de conservación.

La rehabilitación de la referida fachada concluyó a finales de marzo, tras lo cual el día 26 de ese mes se procedió a la retirada del vallado que mantenía acotada la zona. La restauración se inició en septiembre de 2014, con un presupuesto de 248.237 euros, y corrió a cargo de la empresa Cabero Edificaciones bajo la dirección facultativa del arquitecto Juan Carlos Arnuncio.

Las diligencias de investigación fueron abiertas en abril del pasado año a iniciativa de la Fiscalía para analizar si el deterioro de la fachada y atrio delantero del Edificio Histórico, ocultos por aquel entonces por una vallado metálico desde mayo de 2013, tenía su origen en una posible dejación de funciones, merecedora de reproche penal, en cuanto a la deficitaria conservación de lo que en 1996 fue declarado Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de Monumento.

El conjunto se encuentra formado por pilares de piedra que sostienen figuras de leones con escudos, únicas piezas del inmueble que se pueden considerar genuinas del barroco del siglo XVIII, y está considerado parte del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Transmisión a las generaciones futuras

En este sentido, la Fiscalía advirtió entonces que la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León tiene por finalidad la protección, acrecentamiento y difusión del mismo, así como su investigación y transmisión a las generaciones futuras, para lo cual en su artículo 32 asigna, a los Bienes de Interés Cultural, la "máxima protección y tutela".

Pero además, el artículo 2 de la norma señala, como deberes y atribuciones esenciales de la Comunidad, "garantizar la conservación de su patrimonio cultural", fijando el artículo 24.1 que "los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León están obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro".

La misma norma prevé la ejecución subsidiaria e incluso directa de las obras necesarias para la eficaz conservación de los bienes, cuando aquellos (los titulares de los mismos) no realicen las actuaciones oportunas para el cumplimiento de sus obligaciones.

En su escrito ordenando la incoación de diligencias, la acusación pública pidió librar oficios a la Sección de Patrimonio Histórico del Servicio Territorial de Cultura de Valladolid y al Vicerrectorado de Patrimonio e Infraestructuras de la UVA solicitando informe sobre el estado actual del BIC, última restauración que se hubiere llevado a cabo, medidas ejecutadas para su conservación y si se había adoptado o estaba prevista alguna, con carácter urgente, tras producirse los últimos desprendimientos de piedras de la fachada.

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