La suspensión de pagos ya no es sólo para las empresas. Una ley vigente desde 2004 permite a los particulares acogerse a este procedimiento judicial, que aplaza los pagos y los reduce, al tiempo que garantiza al acreedor que no se quedará colgado.
Agobiadas por las deudas, siete familias de la Comunitat se acogieron al concurso de acreedores (así se llama ahora) en 2006, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta solución, aunque aún es una desconocida para el gran público, va ganando adeptos. En los tres primeros meses de este año ya hay cuatro casos.
«Si siguen subiendo los tipos de interés, habrá muchos más», explica Mariano Durán, diputado del Colegio de Abogados de Valencia. Asegura que no es nada malo, sino «un recurso que prevé la ley para salir de situaciones difíciles». El problema es que la mayoría de la gente todavía no lo conoce. «Suena a quiebra o a impago, pero es la mejor opción en situación de insolvencia», asevera.
Los peores meses en el ámbito de las deudas familiares se dan tras el verano, pues es la época del año que más solicitudes de este tipo se concentran en los juzgados de las tres provincias valencianas.
Falla el trabajo, pero no los recibos
El perfil de quienes deciden optar por la suspensión de pagos para saldar sus deudas es el de una pareja de mediana edad en la que ambos trabajan. «Los desequilibrios llegan cuando falla el trabajo de uno de ellos y no se pueden afrontar los pagos», comenta Mariano Durán. Aunque los casos van en aumento, las familias apenas representan el 5% de estos procesos en la Comunitat.
Suspensión de pagos
¿Qué es?: Un recurso legal para aplazar y reducir pagos.
¿Cómo se hace?: La lleva un juez. Hay cinco años para saldar la cantidad, que puede rebajarse hasta en un 50%.
Garantía: Hasta que no se llega a un acuerdo, se embargan los bienes.
Empresas: En 2006, 112 empresas suspendieron pagos en la Comunitat. Sólo nos superó Madrid.
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