El PP quiere que el único municipio surgido de una fusión quede exento de prestar nuevos servicios mínimos

También plantea que, si los municipios fusionados se acogen a una serie de incentivos, no puedan segregarse antes de diez años

El PP quiere que el único municipio surgido en España de la fusión de otros dos, Oza-Cesuras (A Coruña), quede exento de la obligación de prestar los nuevos servicios mínimos que le corresponderían como consecuencia del aumento de su población y que además tenga preferencia en la asignación de planes provinciales de cooperación durante al menos los cinco años posteriores a la fusión.

En las enmiendas presentadas en el Congreso por el Grupo Parlamentario Popular al proyecto de ley orgánica que modifica la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca) y la de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se propone la inclusión de una disposición final sobre la aplicación de determinados beneficios a fusiones de municipios.

El que nació en junio de 2013 de la unión de los municipios coruñeses de Oza dos Ríos y Cesuras es el único de este tipo que hay en España. Los 'populares' indican que a Oza-Cesuras no se le pueden aplicar con carácter retroactivo la totalidad de los beneficios contenidos en la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL) para los supuestos de fusiones de municipios que se produzcan con posterioridad a su entrada en vigor (en diciembre de 2013).

Sin embargo, señalan que dos cuestiones "preocupantes" son la obligación de prestar más servicios públicos (porque el nuevo municipio supera los 5.000 habitantes) y la no preferencia en los planes provinciales de cooperación, dos beneficios contemplados en la LRSAL. Por eso plantean que, durante al menos los cinco primeros años desde la adopción del convenio de fusión, Oza-Cesuras tenga preferencia en la asignación de planes de cooperación local, subvenciones, convenios u otros instrumentos basados en la concurrencia.

Igualmente, el PP quiere que este municipio quede dispensado de prestar nuevos servicios mínimos de los previstos en el artículo 26 que le correspondan por razón de su aumento poblacional, es decir, parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos. Aunque aboga por la aplicación retroactiva de esos dos beneficios, añade que no se deben aplicar otros, como el relativo a un mayor incremento de la participación en tributos del Estado.

La enmienda del Grupo Popular también defiende que los municipios surgidos de fusiones que se acojan a esos incentivos deban comunicarlo al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y no puedan segregarse hasta transcurridos diez años desde su aprobación.

Cambios en otras leyes

En sus enmiendas al articulado del proyecto de ley que modifica la Lofca y la Ley de Estabilidad Presupuestaria, el PP también plantea una reordenación de la actividad de Loterías y Apuestas del Estado y cambios en la Ley General Presupuestaria, la de impulso de la factura electrónica, la Ley General de Sanidad, la de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y la del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En lo que afecta al contenido propio del proyecto de ley, el Grupo Popular introduce modificaciones en la Lofca referentes a la definición del principio de prudencia financiera como principio rector de las operaciones financieras de las comunidades autónomas, que deben cumplir unas condiciones para "minimizar su riesgo y coste".

En esas operaciones financieras se incluye la concesión de avales, reavales u otra clase de garantías públicas o medidas de apoyo extrapresupuestario, que precisarán de la autorización del Estado cuando no se ajusten a las condiciones del principio de prudencia financiera.

En cuanto a la Ley de Estabilidad Presupuestaria, el PP se refiere al seguimiento, por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, del cumplimiento de los periodos medios de pago a proveedores de las comunidades autónomas.

La enmienda dice que cuando una comunidad supere en más de 30 días y durante dos meses consecutivos el plazo máximo fijado, el Ministerio la avisará y le indicará el importe que deberá dedicar mensualmente a pagar a los proveedores y las medidas de reducción de gastos, incremento de ingresos y gestión de cobros y pagos que deberá adoptar para generar la tesorería necesaria para acortar el periodo medio de pago.

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