Iberdrola deberá indemnizar con 20,8 millones a HC por negarle el acceso a la red

La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha condenado a Iberdrola a pagar 20,8 millones de euros a Hidrocantábrico Distribución (HC) por haberle negado el acceso a sus redes de transporte y distribución en Valencia entre los ejercicios 2000 y 2003.
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La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha condenado a Iberdrola a pagar 20,8 millones de euros a Hidrocantábrico Distribución (HC) por haberle negado el acceso a sus redes de transporte y distribución en Valencia entre los ejercicios 2000 y 2003.

En concreto, el Supremo ha estimado un recurso de casación interpuesto por HC contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia en la que se denegaba actualizar conforme al IPC una indemnización de 16,61 millones impuesta a Iberdrola por los daños causados.

En la sentencia, la sala de lo civil acuerda elevar este importe en 4,2 millones de euros y ratifica la posición ya expresada por el resto de instancias judiciales acerca de un caso en el que HC se vio obligada a suministrar la electricidad a sus clientes mediante grupos electrógenos.

La sentencia considera que la decisión de Iberdrola de negar el acceso a la red fue "un acto contrario al ordenamiento jurídico y realizado voluntariamente" que produjo daños a la demandante, por lo que es necesario reconocer un resarcimiento.

Según explica el tribunal en la sentencia, HC se había puesto como objetivo introducirse en la Comunidad Valenciana y, para ello, había contratado con varias empresas industriales y promotoras de polígonos en esa región la construcción y explotación de redes de distribución de elecricidad.

La empresa, en la actualidad EDP España, también suscribió una decena de contratos de comercialización de electricidad en la zona. Conforme concluía las instalaciones, fue pidiendo a Iberdrola el acceso a su red de distribución, que era la existente en la zona.

Iberdrola rechazó las solicitudes de acceso, por lo que HC denunció el caso ante la extinta Comisión Nacional de la Energía (CNE), que le dio la razón. Iberdrola interpuso recursos de alzada contra las resoluciones del regulador, que fueron desestimados por el Ministerio de Economía.

Posteriomente, la eléctrica presentó recursos ante la Audiencia Nacional, que consideró que la cuestión litigiosa constituía un conflicto de acceso de terceros a la red y que existía un derecho de acceso a la red reconocido. Más tarde, recurrió al Supremo.

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