El juez revoca el decreto del Ayuntamiento para que la Junta prestase la ayuda a domicilio

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Jaén ha revocado el decreto dictado por el Ayuntamiento de la capital el 28 de noviembre de 2013 en el que dicha administración acordaba "que se tramite la baja en el servicio de ayuda a domicilio en el marco de la Ley de Dependencia que se venía prestando por parte del ayuntamiento, con fecha 3 de diciembre de 2013", y que desde el día 4 de dicho mes "la prestación del servicio la llevará a cabo la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales" de la Junta de Andalucía.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Jaén ha revocado el decreto dictado por el Ayuntamiento de la capital el 28 de noviembre de 2013 en el que dicha administración acordaba "que se tramite la baja en el servicio de ayuda a domicilio en el marco de la Ley de Dependencia que se venía prestando por parte del ayuntamiento, con fecha 3 de diciembre de 2013", y que desde el día 4 de dicho mes "la prestación del servicio la llevará a cabo la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales" de la Junta de Andalucía.

En una fechada este lunes y consultada por Europa Press, el citado juzgado de lo contencioso considera que dicho decreto municipal "no es ajustado a derecho", y estima por ello el recurso contencioso administrativo que contra dicha medida había interpuesto la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, al tiempo que impone el pago de las costas al Ayuntamiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, según se precisa en el fallo.

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