El año 2010 queda fuera de la revisión catastral

Los contribuyentes de Laredo que se han visto afectados por la reciente regularización del valor catastral de sus propiedades no tendrán que pagar las cantidades reclamadas relativas al año 2010.

Los contribuyentes de Laredo que se han visto afectados por la reciente regularización del valor catastral de sus propiedades no tendrán que pagar las cantidades reclamadas relativas al año 2010.

Según informa el Ayuntamiento en nota de prensa, esta exención es fruto de las gestiones impulsadas por el alcalde, Ángel Vega, ante el Ministerio de Hacienda para evitar la retroactividad de la actualización catastral.

En base al planteamiento defendido desde Alcaldía, se considera prescrita la deuda correspondiente al año 2010. Cada uno de los vecinos afectados recibirá próximamente en sus casas una carta explicándoles esta medida, que según el equipo de Gobierno, supondrá un ahorro aproximado del 20% de las cantidades pendientes de regularización.

Quienes hayan abonado ya dicho pago, deberán reclamar en el propio Ayuntamiento su devolución, que se hará "de manera inmediata". Y en el caso de que no se haya abonado aún dicha tasa, directamente su pago quedará anulado.

El argumento que ha esgrimido el alcalde para evitar este cobro a los ciudadanos es contemplar la comunicación individual -producida durante el presente ejercicio- como fecha de referencia para calcular la retroactividad de cuatro años que establece la ley.

A diferencia de este planteamiento, desde Hacienda se tomaba como referencia el año 2013, que fue cuando se publicó la normativa que anunciaba de manera genérica la revisión catastral. Vega se ha mostrado "razonablemente satisfecho porque hemos apurado hasta donde la legalidad nos lo ha permitido para evitar en lo posible el impacto de esta regularización".

La circular que recibirán los vecinos también incluirá información relativa a la posibilidad de acogerse al fraccionamiento en el pago que contempla la ordenanza municipal, hasta un máximo de 18 meses. En aquellos casos excepcionales que requieran un fraccionamiento mayor al establecido, deberá ser la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Contratación la que estudie individualmente cada caso y haga la propuesta de resolución correspondiente.

Pero en ningún caso dicho pago aplazado será sin intereses, porque dicha fórmula resultaría ilegal, al incurrir en una situación de agravio respecto a situaciones análogas acaecidas en el pasado, explica el Ayuntamiento.

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