El TSJ desestima las solicitudes de apertura de juicio y de sobreseimiento de Pedro Antonio Sánchez

El magistrado instructor de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Julián Pérez-Templado, ha desestimado, por auto notificado este miércoles a las partes, las solicitudes presentadas por la acusación y la defensa, de apertura de juicio oral contra el ex alcalde de Puerto Lumbreras y actual consejero de Educación, Cultura y Universidades, Pedro Antonio Sánchez, y de sobreseimiento libre del mismo, respectivamente, "al resultar prematuro sin abordar las nuevas pruebas que solicita el Ministerio Fiscal".
Sánchez enseña los papeles de sus extractos bancarios
Sánchez enseña los papeles de sus extractos bancarios
EUROPA PRESS
Sánchez enseña los papeles de sus extractos bancarios

El magistrado instructor de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Julián Pérez-Templado, ha desestimado, por auto notificado este miércoles a las partes, las solicitudes presentadas por la acusación y la defensa, de apertura de juicio oral contra el ex alcalde de Puerto Lumbreras y actual consejero de Educación, Cultura y Universidades, Pedro Antonio Sánchez, y de sobreseimiento libre del mismo, respectivamente, "al resultar prematuro sin abordar las nuevas pruebas que solicita el Ministerio Fiscal".

Cabe recordar que la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJRM ordenó hace unos meses averiguar y hacer constar la perpetración de los supuestos delitos de prevaricación, cohecho e infidelidad en la custodia de documentos en su etapa como alcalde de Puerto Lumbreras.

En la resolución dictada este miércoles, el instructor acuerda, entre otras medidas la declaración en calidad de testigo de J.G.R. acerca de un presunto delito de cohecho del artículo 425.2 del Código Penal, quien deberá aportar los contratos a que se refiere el Ministerio Fiscal.

Además, el instructor ha acordado oficiar a la Agencia Tributaria para que aporte la información fiscal solicitada; y cita a los testigos a J.G.R. y G.G., y a Pedro Antonio Sánchez, como imputado, para celebrar un careo entre los tres si se estima oportuno.

La resolución no es firme, cabe recurso de reforma y/o apelación, según el auto.

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