Condenan a seis años de internamiento a un hombre por la muerte de otro en un centro de disminuidos

La Audiencia de Málaga ha condenado a seis años de internamiento a un hombre por la muerte de otro en un centro de disminuidos psíquicos de la localidad malagueña de Vélez-Málaga en la que ambos residían. Así, se le considera responsable de un delito de asesinato, con la eximente incompleta de trastorno mental.

La Audiencia de Málaga ha condenado a seis años de internamiento a un hombre por la muerte de otro en un centro de disminuidos psíquicos de la localidad malagueña de Vélez-Málaga en la que ambos residían. Así, se le considera responsable de un delito de asesinato, con la eximente incompleta de trastorno mental.

Esta sentencia se dicta tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular. Los hechos sucedieron en marzo de 2013. Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, "aprovechando el deterioro físico y mental" de la víctima, "ejerció violencia suficiente" sobre su compañero.

Esto provocó que cayera al suelo "golpeándose fuertemente en la parte posterior y superior de la cabeza con el borde de un acerado", tras lo que pasó a "darle golpes y pisotones muy fuertes en el pecho", que le produjeron daños internos, que le causaron la muerte al día siguiente, dice la sentencia.

Al cometer el hecho, según la resolución, el acusado "padecía un cuadro de debilidad y retraso mental con importantes trastornos de conducta y episodios de heteroagresividad que diminuían y afectaban intensamente su capacidad intelectual y volitiva", por lo que se le condena pero se le aplica la eximente de alteración mental.

En el momento del suceso, señala la sentencia, "ningún cuidador del centro estaba vigilando el patio donde se produjo la agresión ni personalmente ni a través del circuito de televisión", concluyendo los jurados que se pudo evitar el lamentable desenlace "si se hubiera llevado a cabo la necesaria vigilancia".

Al acusado se le impone seis años de prisión que cumplirá en un centro adecuado al tratamiento médico y educación especial en relación con la anomalía o alteración psíquica que padece. Asimismo, se le condena a que indemnice a los familiares del fallecido con 10.000 euros, siendo responsable civil subsidiario el centro.

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