Un año de prisión por robar una calculadora, un bolígrafo y dos mecheros

  • En un establecimiento los daños llegaban a 400 euros
  • Iván L. C. portaba un bate de béisbol con el que rompió varias cristaleras

La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a un año de prisión a un hombre que rompió el cristal de un establecimiento, robó del interior de un coche dos mecheros, una calculadora y un bolígrafo y que también quebró la parte inferior de la puerta de una vivienda.

La sentencia recoge probado que a las 13.30 horas del 10 de abril de 2005 el acusado, Iván L.C., que llevaba un casco de motorista y conducía un ciclomotor, rompió con un bate de béisbol la cristalera de un establecimiento de Linares (Jaén), con lo que provocó una serie de daños que han sido tasados en menos de 400 euros y que el propietario del local no reclama.

Al día siguiente, Iván L.C. fracturó la ventanilla de un coche de marca BMW que estaba estacionado en la calle República Argentina de Linares y sustrajo de su interior una calculadora de color verde de la Junta de Andalucía, dos mecheros, un bolígrafo y una tarjeta para abrir la puerta de la habitación de un hotel. De igual modo, el 11 de abril de ese mismo año, Iván L.C. se presentó en el

domicilio de un hombre y rompió de nuevo con un
bate de béisbol la parte inferior de la puerta de entrada a la vivienda al tiempo que exigía al dueño de la casa que le entregara dinero, si bien no consiguió nada.

Como consecuencia, el juzgado de lo Penal número dos de Jaén condenó a Iván L.C. por un delito consumado de robo con fuerza en las cosas, otro de robo con intimidación en grado de tentativa y dos faltas consumadas de daños intencionados a las penas de dos años de prisión y al pago de una multa de 180 euros.

El procesado formalizó en tiempo y forma un recurso de apelación solicitando la absolución al concurrir a la circunstancia eximente completa de intoxicación por drogas y alcohol. Así, la Audiencia añadió al relato de los hechos probados que el acusado tenía "sus facultades psíquicas seriamente mermadas por el consumo de sustancias tóxicas".

En definitiva, la Audiencia revocó en parte la sentencia emitida por el juzgado de lo Penal número dos en el sentido de apreciar la concurrencia de la citada eximente, de tal modo que dejó las penas en un año de prisión por el delito de robo con fuerza en las cosas y de robo con intimidación en grado de tentativa al mismo tiempo que dejó la multa en 120 euros.

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