Sanidad pagará 30.000 euros por la muerte de un paciente tras un retraso en diagnosticarle perforación de vejiga

La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad de forma solidaria con una aseguradora a que indemnice con 30.000 euros a la familia de un paciente que falleció en el Hospital General de Castellón tras un retraso en el diagnóstico de una perforación de vesícula posterior a una operación en la uretra a la que había sido sometido.

La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad de forma solidaria con una aseguradora a que indemnice con 30.000 euros a la familia de un paciente que falleció en el Hospital General de Castellón tras un retraso en el diagnóstico de una perforación de vesícula posterior a una operación en la uretra a la que había sido sometido.

La sala estima de esta forma en parte el recurso presentado por la familia contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación contra la Conselleria de Sanidad. Los familiares, que han sido defendidos por la asociación El Defensor del Paciente, habían solicitado 300.000 euros por entender que la muerte del afectado, de 71 años, había sido consecuencia de una deficiente asistencia médica en el centro, donde fue intervenido en 2009. La administración negaba la existencia de mala praxis.

En este caso, la sala destaca que no existe controversia en los informes médicos disponibles a la hora de concluir que la perforación de la vejiga que sufrió el paciente constituía una posible complicación de la intervención a la que fue sometido, de cuyo riesgo había sido correctamente informado y asumido.

No obstante, señala que la cuestión a resolver es si una vez producida esa perforación, se actuó o no diligentemente en el diagnóstico y tratamiento. Es en este punto donde el perito de la familia sostiene que existió mala praxis al considerar que el personal sanitario, pese al progresivo incremento de la sintomatología que evidenciaba una perforación, no pidió las pruebas necesarias que hubieran permitido un diagnóstico precoz y un tratamiento urgente.

Por contra, otro especialista sostenía que no hubo ningún signo de lo que estaba ocurriendo hasta que no desarrolló un cuadro de shock séptico, un día antes del fallecimiento.

Para la sala, debe entenderse que, en este caso, al tratarse de una vejiga de alto riesgo, ante la aparición de ciertos síntomas como dolor abdominal, dos días antes de la muerte, se debió extremar el control sobre el paciente e incrementarse las sospechas de que los síntomas pudieran obedecer a una perforación.

Por este motivo, subraya que cuando se intervino por última vez al paciente, los efectos de la perforación se habían hecho ya irreversibles. Por ello, y ante el estado general del paciente y dado que una intervención más pronta sería de incierto resultado, estima prudente la indemnización de 30.000 euros.

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