Laminaciones Arregui estudia recurrir el fallo del TS que anula el despido de 358 trabajadores de la empresa alavesa

Laminaciones Arregui (actual Celsa Atlantic) no descarta presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional tras el fallo del Tribunal Supremo que anula el despido de 358 trabajadores de las fábricas de Vitoria y Urbina (Álava) en mayo 2012. En este sentido, la compañía espera a recibir la sentencia para estudiarla y adoptar las decisiones legales oportunas.

Laminaciones Arregui (actual Celsa Atlantic) no descarta presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional tras el fallo del Tribunal Supremo que anula el despido de 358 trabajadores de las fábricas de Vitoria y Urbina (Álava) en mayo 2012. En este sentido, la compañía espera a recibir la sentencia para estudiarla y adoptar las decisiones legales oportunas.

En un comunicado, la empresa ha señalado que la sentencia del Supremo "no cuestiona y en nada cambia la difícil situación económica de Celsa Atlantic, que requiere de una serie de medidas de reestructuración que garanticen su viabilidad".

En este sentido, Celsa Atlantic ha explicado que ha presentado un proceso y está dialogando con sus interlocutores sociales con el objetivo de dotar a los centros de una estructura de costes y de plantilla adaptadas a la situación de mercado.

SENTENCIA

El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido colectivo de 358 trabajadores de la empresa alavesa Laminaciones Arregui —actual Celsa Atlantic—, despedidos en las fábricas de Vitoria y Urbina (Álava) en mayo 2012, al día siguiente de la huelga declarada por los trabajadores con motivo de un expediente de regulación de empleo tramitado inmediatamente antes, en el que se pretendía inicialmente el despido de una parte de la plantilla (91 trabajadores).

De esta forma, el alto tribunal confirma en el mismo sentido la sentencia dictada por el Tribunal Superior del País Vasco. En una nueva deliberación del recurso, el Tribunal Supremo ha considerado que la finalidad contraria al derecho de huelga vicia de nulidad todo el despido como acto unitario.

Asimismo, estima que el despido vulnera la libertad sindical porque afecta a un medio de acción sindical colectiva como es la huelga convocada por un sindicato, cuestión que es propia del proceso de despido colectivo, con independencia de los procedimientos de despido individual que pueda interponer cada trabajador.

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