Dan plazo de tres meses al exjefe de Minas para que el Constitucional suspenda o no su ingreso en prisión

Fue condenado a 3 años de cárcel y 5,5 de inhabilitación que el Supremo ratificó a primeros de abril
Los dos hermanos Parrado, durante el juicio en la Audiencia de Valladolid.
Los dos hermanos Parrado, durante el juicio en la Audiencia de Valladolid.
EUROPA PRESS
Los dos hermanos Parrado, durante el juicio en la Audiencia de Valladolid.

El que fuera jefe de la Sección de Minas de Valladolid entre los años 2000 y 2004, Maurilio Parrado Castro, condenado a tres años de cárcel y cinco y medio de inhabilitación, dispone de un plazo de tres meses para que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre si estima o no su petición de suspensión de la condena, recaída en su persona por presionar a empresarios del sector al objeto de obtener de ellos dádivas a cambio de agilizar la tramitación de expedientes.

Así lo ha acordado la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia vallisoletana, que en un auto ha desestimado suspender su ingreso en prisión—recuerda que no es posible al no ser la condena inferior a dos años—pero a cambio otorga al condenado una moratoria de tres meses a la espera de que el Constitucional, ante el cual ha recurrido en amparo, se pronuncie sobre si deja en suspenso o no su ingreso en el penal en tanto en cuanto resuelve la cuestión de fondo del recurso, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Además, en cuanto al pago de la indemnización en favor del empresario Julio César Valle Feijoó, cifrada en 9.652 euros, más los intereses devengados, el tribunal que preside Feliciano Trebolle acuerda conceder al condenado un plazo de seis meses para que, a razón de 1.609 euros y dentro de los cinco primeros días de cada mes, abone el importe de la referida cantidad.

La resolución de la Audiencia de Valladolid, tribunal sentenciador en primera instancia, se produce después de que a primeros de abril el Tribunal Supremo ratificara en todos sus términos la sentencia condenatoria recaída en Maurilio Parrado, que consideró acreditado que éste incurrió en un delito continuado de cohecho (artículo 425.1 del C.P) en concurso con un delito de negociaciones prohibidas a funcionarios (art. 439) y en un delito de falsedad en documento oficial.

Por ello, además de la imposición de las costas costas, quedó confirmada su condena de tres años de prisión y un total de cinco años y medio de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público, sendas multas de 9.450 euros y 2.700 euros, junto con la obligación de indemnizar al empresario Julio César Valle en la cantidad de 9.652 euros.

La sentencia acordó en su momento, sin embargo, absolver al exjefe de Minas de un delito de cohecho del artículo 420 y de otro de negociaciones prohibidas a funcionarios, del artículo 441, de los que también había sido imputado, al tiempo que liberó de todos los cargos a Amado Parrado Castro, hermano del anterior e ingeniero de Minas, que compartió banquillo con el condenado en el mismo proceso.

El proceso judicial, caracterizado por numerosas y maratonianas vista, concluyó el día 27 de febrero del pasado año. El fiscal y las acusaciones particulares habían solicitado para Maurilio y Amado Parrado Castro penas de seis y dos años de cárcel, respectivamente, en el primer caso por delitos de cohecho y prevaricación en concurso con falsedad en documento oficial y negociaciones como abogado sin estar colegiado, y en el caso de su hermano como cooperador necesario en el de cohecho, mientras que las indemnizaciones reclamadas por las empresas perjudicadas se elevaron a 56.000, 230.000 y 968.000 euros.

Y es que el fiscal y las cuatro acusaciones particulares personadas en el juicio por presunto cohecho contra los hermanos Maurilio y Amado Parrado Castro sostuvieron que el primero de ambos, entonces responsable del departamento del ramo en Valladolid, se consideraba "señor absoluto" del sector.

La "atalaya" de maurilio

En ese contexto, consideraron probado que desde la "atalaya" que ocupaba Maurilio Parrado aprovechó para "presionar", "coaccionar" y "someter" a distintas empresas condicionando la suerte de sus expedientes a la obtención de favores para él y su hermano, desde la contratación de Amado por parte de las mercantiles hasta la entrada de ambos como socios de las mismas o la designación por parte del entonces jefe de Minas de los ingenieros que tenían que redactar y firmar los proyectos.

En tales términos se expresaron en el juicio la acusación pública, el letrado de la Junta y los de las tres empresas supuestamente perjudicadas, Gracalsa, Álvarez Fray y Julio César Valle y Minas, quienes hicieron causa común y, en sus respectivos informes, insistieron en que hay una "clara solicitud" de dádivas por parte de Maurilio Parrado como condición impuesta a los empresarios para agilizar sus proyectos y que éstos no quedaran olvidados en algún cajón de su despacho en la Sección de Minas.

Los acusadores coincidieron en la consideración de que el entonces jefe de la Sección de Minas vio facilitada su labor delictiva en el hecho de que era el único ingeniero de minas del departamento y, por ello, su "control era absoluto" y sus informes "determinantes" para el desenlace de los expedientes tramitados por los empresarios de áridos de la provincia.

"Lo que hace Maurilio Parrado para dominar el sector es recordar a los empresarios que él era el jefe y que todo depende de sus informes, para luego solicitar ventajas o dádivas para que los expedientes tuvieran un feliz desenlace", resumió el acusador público.

Por su parte, la defensa de Maurilio Parrado, había denunciado la "absoluta indefensión" de su patrocinado ante la inconcreción de los hechos imputados por las acusaciones y, sobre todo, al no haber presentado éstas el documento supuestamente falsificado que se atribuye a su cliente.

Pero además, en su informe final trató de desvirtuar el testimonio del empresario Julio César Valle, primero en denunciar los hechos, ante su "falta de credibilidad y continuas contradicciones" y situó a éste como instigador del proceso sobre el que pivota el resto de acusadores particulares, "que se mueven por intereses económicos temerarios".

El representante del exjefe de Minas mantuvo que todos los expedientes tramitados por éste se ajustaban escrupulosamente a la legalidad y recordó que su patrocinado difícilmente pudo prevaricar por cuanto no tenía poder decisorio ni facultad para autorizar proyecto alguno, algo sólo reservado a su superior jerárquico, el entonces jefe del Servicio de Industria, Ricardo del Fresno.

El defensor, a su vez, incidió también en que buena parte de los hechos imputados a Maurilio Parrado se produjeron cuando éste no ocupaba la jefatura de minas, lo que pondría en tela de juicio su poder coercitivo, y consideró poco creíbles y más propias de la "paga de un adolescente" las supuestas "mordidas" de entre 100 y 300 euros mensuales que su cliente habría obtenido durante dos años de la empresa de Julio César Valle.

Asimismo, el letrado de la defensa había calificado de "sangrante" que algunas de las empresas personadas como acusadoras responsabilizasen a Maurilio de precintar o tratar de entorpecer su actividad cuando éste se limitó a aplicar la legalidad.

Como ejemplo de ello citó el caso de la fábrica de Cementos La Parrilla, construida sin autorización de Minas e Industria, y sobre todo de la gravera 'El Lucero' de Álvarez Fray situada en Laguna de Duero, finalmente precintada y sobre la que había numerosas órdenes de cierre de distintas administraciones por encontrarse en situación "absolutamente ilegal".

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