La defensa del condenado a 25 años por robos violentos mantiene su inocencia y recurrirá el fallo

La defensa del hombre identificado como M.R.S. al que el Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha condenado a una pena total de 25 años de prisión --si bien como máximo podrá cumplir doce-- por seis delitos de robos violentos --cinco de ellos agravados por el uso de arma--, y de un séptimo en grado de tentativa, además de un delito y cuatro faltas de lesiones, todos ellos cometidos en la capital entre los pasados meses de diciembre y enero, sigue creyendo en la inocencia de su cliente y va a recurrir el fallo en apelación ante la Audiencia Provincial.

La defensa del hombre identificado como M.R.S. al que el Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha condenado a una pena total de 25 años de prisión —si bien como máximo podrá cumplir doce— por seis delitos de robos violentos —cinco de ellos agravados por el uso de arma—, y de un séptimo en grado de tentativa, además de un delito y cuatro faltas de lesiones, todos ellos cometidos en la capital entre los pasados meses de diciembre y enero, sigue creyendo en la inocencia de su cliente y va a recurrir el fallo en apelación ante la Audiencia Provincial.

Así lo ha confirmado este viernes a Europa Press el letrado que ejerce la defensa del condenado, en prisión provisional desde su detención, en enero, Francisco Javier Pulido, quien se ha remitido a los argumentos que ya expuso en el juicio celebrado por este caso el pasado día 19 para justificar su decisión de recurrir la sentencia.

En aquel momento, el procesado se declaró "inocente" de los cargos que se le imputaban y negó haber cometido los delitos que se le atribuyen, hasta el punto de que llegó a afirmar que "nunca ha robado" en su vida, porque "gracias a Dios no le ha hecho falta".

En esa línea, y pese a que las siete supuestas víctimas de los hechos que se le atribuyen al encartado declararon en el juicio que lo habían identificado "sin dudas", el abogado de la defensa solicitó la absolución para su cliente al considerar que "no existe prueba de cargo suficiente" contra él, más allá de su identificación, por parte de las víctimas, en la rueda de reconocimiento, que "como prueba única no invalida la presunción de inocencia", según manifestó.

Para el letrado, los testigos tienen "un problema de percepción" y fueron "mediatizados", ya que en los días en los que se produjo su detención "circuló por 'wasthapp'" una fotografía de una "ficha policial" de su cliente derivada de "un juicio de faltas" al que, según explicó, tuvo que enfrentarse en 2007 por un incidente relacionado con el trabajo que durante un tiempo desempeñó como portero de discoteca; una foto "filtrada" que las víctimas tuvieron ocasión de ver y que, a su juicio, podría haber condicionado la identificación del supuesto ladrón.

En esa línea, negó que piense que "los testigos mienten o que no hayan ocurrido los hechos" que éstos han declarado, sino que lo que niega "rotundamente" es que su defendido fuera el autor de esos robos. Así, agregó que los testimonios de las víctimas de tres atracos supuestamente cometidos por M.R.S. el 6 de enero no coinciden a la hora de describir la ropa que éste llevaba puesta, y "cuesta trabajo pensar que fuera cambiándose de jersey" mientras iba desplazándose de una calle a otra.

Con estos argumentos, que le llevaron también en el juicio a aludir al principio de 'in dubio pro reo' —aquel según el cual en caso de duda hay que dictar el fallo que más beneficie al acusado—, el abogado de la defensa considera "lógico" recurrir la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal, que ha impuesto a su cliente una pena de dos años de prisión por un delito de robo con violencia e intimidación, otra total de 20 años por cinco delitos del mismo tipo aunque agravados por el uso de armas —cuatro años por cada uno de ellos—, una de dos años por un delito de robo con violencia e intimidación con uso de armas en grado de tentativa, y un año de prisión por un delito de lesiones.

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