Se aplaza el juicio contra Vigón por la ausencia de Enastur Liquidaciones en el proceso

El juicio contra el expresidente de la Federación Asturiana de Empresarios (FADE) y de la Cámara de Comercio de Oviedo, Severino García Vigón, se ha aplazado debido a la ausencia como parte de la adminitración concursal Enastur Sociedad Liquidación. Tras la reforma de la Ley Concursal de 2010, es obligatorio que el administrador concursal responda como parte en el proceso penal como representante jurídico.
Severino García Vigón en el juicio
Severino García Vigón en el juicio
EUROPA PRESS
Severino García Vigón en el juicio

El juicio contra el expresidente de la Federación Asturiana de Empresarios (FADE) y de la Cámara de Comercio de Oviedo, Severino García Vigón, se ha aplazado debido a la ausencia como parte de la adminitración concursal Enastur Sociedad Liquidación. Tras la reforma de la Ley Concursal de 2010, es obligatorio que el administrador concursal responda como parte en el proceso penal como representante jurídico.

El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo ha emplazado al representante de Enastur Sociedad Liquidación a que en el plazo de tres días nombre a un representante de la sociedad y en el plazo de cinco días nombre un abogado y un procurador para personarse en el proceso. A partir de ahí, tienen diez días para que la defensa presente un escrito de calificación, para que se pueda retomar la vista oral, que los abogados de las partes confían en que se celebre antes el verano.

La fiscalía solicita para Severino García Vigón una condena de un total de tres años de prisión y el pago de multas por valor de 569.879,10 euros, por un caso de presunto fraude de IVA en una de sus empresas.

La solicitud es con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada cuota de 1.000 euros o fracción impagada y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante tres años por tres delitos contra la Hacienda Pública previstos en el artículo 305.1 y 2 del Código Penal, presuntamente cometidos en los ejercicios 2009, 2010 y 1011. La Fiscalía considera que concurre la atenuante de reparación del daño, según ha informado el Ministerio Público a través de un comunicado.

El Fiscal acusa también por idénticos delitos (y con la apreciación de la misma atenuante) a dos de sus hijos, P. G.-V. G. y M. G.-V. G., para los que solicita la misma condena, y a la mercantil Energía Astur S. A. (Enastur), a la que considera penalmente responsable de dos delitos contra la Hacienda Pública, correspondientes a los ejercicios 2010 y 2011, y para la que pide una condena de multa de 789.551,2 euros (el duplo de la cantidad presuntamente defraudada tanto en 2010 como en 2011). En el caso de Enastur se aprecia igualmente la existencia de la atenuante de reparación del daño.

Este procedimiento se incoó el 19 de marzo de 2013 tras la querella formulada ante el Juzgado por el Ministerio Fiscal. El 24 de mayo de ese mismo año, Enastur, mediante un escrito, se declaró única responsable del delito correspondiente al ejercicio 2011 y aportó resguardos bancarios justificantes del ingreso de 569.879,10 euros (cantidad que se corresponde sin embargo con la cantidad total presuntamente defraudada en los tres ejercicios), que puso a disposición del Juzgado.

Por esta razón, la Fiscalía del Principado de Asturias aprecia en los acusados la concurrencia de la atenuante de reparación del daño. Esta cifra cubriría parte de la responsabilidad civil generada por los hechos, aunque no la totalidad, ya que faltarían las cantidades relativas a los intereses legales correspondientes.

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