El Síndic considera que la FIFA discrimina a los menores extranjeros tutelados

El Síndic de Greuges (el defensor del pueblo catalán), Rafael Ribó, considera que, con sus criterios para federarse, la Federación Española de Fútbol (RFEF) y de la FIFA discriminan a los menores tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) que viven en centro residenciales de acción educativa (CRAE).

Antes de que la FIFA sancionara al FC Barcelona, el Síndic recibió en octubre una queja por los requisitos que, a instancias de la federación española y de la FIFA, impone la Federación Catalana de Fútbol a los niños extranjeros tutelados para federarse y participar en las competiciones. Se trata de dos niños inmigrantes no acompañados, tutelados por la DGAIA, que no pudieron competir por las dificultades para conseguir la licencia.

En un comunicado, el Síndic recuerda que la FIFA aprobó el reglamento sobre el estatuto y la transferencia de jugadores para, entre otros, proteger a los menores de edad de determinadas prácticas mercantiles contrarias al interés de los niños. Sin embargo, puede limitar el derecho de los niños al juego y a la práctica deportiva de los menores extranjeros tutelados porque no pueden acogerse a ninguna de las tres excepciones establecidas en el reglamento o por la RFEF, que establece un residencia de al menos cinco años ininterrumpida en España aunque la catalana pide dos años de vecindad administrativa.

Con todo, el Síndic pide a la Secretaría General del Deporte que plantee a las federaciones catalana y española y a la FIFA la necesidad de revisar los criterios para que se ajusten al ordenamiento jurídico y tengan en cuenta las necesidades de los menores. En concreto, propone aplicar los criterios de la FIFA a los clubes vinculados al fútbol profesional y a las prácticas de transferencia de jugadores que no preserven suficientemente los derechos de los niños.

Asimismo, defiende que no se excluya a los menores que residen con familiares que tienen la guarda de hecho acreditada con resolución judicial o administrativa y que se dispense un "trato especial" a los extranjeros tutelados por la DGAIA al establecer y acreditar determinados requisitos, pues es la administración quien tiene su tutela. Por último, pide que la exigencia de una residencia o una vecindad mínimas no sean un impedimento para la práctica del deporte.

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