Condenan a 39 años a cada uno de los tres acusados de secuestro y asesinato en Toledo y Madrid

La audiencia Provincial de Toledo ha condenado a 39 años de cárcel a M.A.M.R, R.S.P. y J.R.C.F. por secuestrar y matar a dos personas de varios disparos en las localidades de Borox (Toledo) y Morata de Tajuña (Madrid) en diciembre de 2008. Al cuarto de los acusados por estos hechos, H.E.P., el Tribunal toledano le ha condenado a 16 años de prisión.
Juicio Secuestro y Asesinato Toledo
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EUROPA PRESS
Juicio Secuestro y Asesinato Toledo

La audiencia Provincial de Toledo ha condenado a 39 años de cárcel a M.A.M.R, R.S.P. y J.R.C.F. por secuestrar y matar a dos personas de varios disparos en las localidades de Borox (Toledo) y Morata de Tajuña (Madrid) en diciembre de 2008. Al cuarto de los acusados por estos hechos, H.E.P., el Tribunal toledano le ha condenado a 16 años de prisión.

Estas cuatro personas fueron juzgadas a principios del pasado mes de marzo por un juzgado popular en la Audiencia Provincial de Toledo, que les declaró culpables de los hechos que se les imputaron y por los que ahora han sido condenados.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial de Toledo condena a M.A.M.R, como responsable en concepto de autor, a 30 años por dos delitos de asesinato, ocho por otros dos delitos de detención ilegal y un año más por tenencia ilícita de armas.

Del mismo modo, condena a R.S.P. y J.R.C.F., en concepto de autores, a ocho años a cada uno por detención ilegal, y un año, también para cada uno, por tenencia ilícita de armas. Además, como cooperadores necesarios, se condena a cada uno de ellos a 30 años por dos delitos de asesinato.

Finalmente, el Tribunal toledano condena a H.E.P. a un año de prisión por tenencia ilícita de armas y 15 años, en concepto de cooperador necesario, por dos delitos de asesinato. Durante el juicio, el fiscal pidió que se rebajara la pena de este condenado por "apreciar circunstancia atenuante de confesión de los hechos".

Fundamentos de derecho

En sus fundamentos de derecho, el Tribunal toledano dice respecto a los delitos de asesinato que se condena a M.A.M.R en concepto de autor por haber ejecutado "directa, material y voluntariamente" la muerte de las dos personas antes citadas, por haber sido "la persona que disparó" contra las víctimas.

Además, explica que los acusados R.S.P., J.R.C.F. y H.E.P. son cooperadores necesarios de estos hechos debido a que, aunque no ejecutaron materialmente los asesinatos, sí que contribuyeron "de forma esencial" a los mismos, permitiendo al autor material que ejecute su acción "con facilidad y sin que las víctimas tengan opción de defensa".

También argumenta que las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en la persona de H.E.P. se basan en la atenuante de confesión que ya tuvo en cuenta el jurado, valorando "la importancia" de sus manifestaciones para esclarecer los hechos, reconociendo su presencia en los mismos y facilitando datos de las personas implicadas.

Hechos probados

La Audiencia Provincial de Toledo considera como hechos probados que entre el 12 y el 16 de diciembre los acusados M.A.M.R, R.S.P. y J.R.C.F. mantuvieron encerrados en un piso del barrio de Hortaleza de Madrid, a las dos víctimas con la finalidad de que éstos les entregaran una cantidad de dinero procedente de un negocio ilícito de tráfico de drogas, que habían realizado días antes.

Además, señala que los acusados antes mencionados, junto con el también acusado H.E.P., en hora no determinada de la madrugada del día 17 de diciembre de 2008, y al no conseguir su propósito, decidieron acabar con la vida de los secuestrados "actuando conjuntamente y con el mismo fin".

En este sentido, señala que primero subieron en contra de su voluntad a uno de los fallecidos en un coche y circularon hasta enfilar la autovía Madrid Valencia A-3 para llegar a Morata de Tajuña y, una vez allí, el imputado M.A.M.R., llevó a la víctima atado y amordazado para propinarle tres disparos en la cabeza que le causaron la muerte.

Después, indica que fueron a la autovía A-4 para llegar a localidad de Borox, donde repitieron la operación anterior, para que el imputado M.A.M.R. efectuara otros dos disparos en la cabeza a la segunda víctima que le causaron la muerte; "deseo y acción aceptada y asumida por todos los acusados", concluye.

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