La orden que regula la concertación de plazas restringe a 30 días el pago de las vacías y prevé una comisión de control

La nueva orden que regula la concertación de plazas con centros de atención especializada para los sectores de personas mayores, personas discapacitadas y unidades de día, publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en vigor desde este viernes, contempla el abono por un plazo máximo de 30 días del 60 por ciento de cada plaza concertada que no se halle ocupada dentro de un año natural, así como la creación de una Comisión de Participación para profundizar en los conceptos de control y transparencia.

La nueva orden que regula la concertación de plazas con centros de atención especializada para los sectores de personas mayores, personas discapacitadas y unidades de día, publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en vigor desde este viernes, contempla el abono por un plazo máximo de 30 días del 60 por ciento de cada plaza concertada que no se halle ocupada dentro de un año natural, así como la creación de una Comisión de Participación para profundizar en los conceptos de control y transparencia.

En el texto, la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales indica que debido a la "limitada" disponibilidad presupuestaria y "a la necesidad de cumplir los objetivos de reducción del déficit público sin menoscabar la prestación de los servicios públicos esenciales, se hace preciso dictar la presente orden tanto para modificar el sistema de financiación de las plazas reservadas [...] como para establecer un procedimiento de abono más ágil y efectivo que permita realizar liquidaciones mensuales a mes vencido, no basadas en anticipos a cuenta, y que posibilite una gestión más adecuada a la realidad".

Así, en el texto de la nueva orden, consultado por Europa Press, se señala que por las plazas concertadas que no se hallen ocupadas por falta de designación de su titular se abonará el 60 por ciento del coste de cada plaza durante un período máximo de 30 días dentro de un año natural, siempre que el nivel de ocupación del centro sea inferior 85 por ciento del total de plazas concertadas en centros residenciales o al 70 por ciento en centros de día, no pudiéndose financiar aquellas plazas reservadas que excedan de dichos porcentajes. Sólo se volverá a abonar la reserva cuando tras ser ocupada, dicha plaza quede vacante en otro año natural distinto al ya financiado.

"la aportación del usuario no podrá sobrepasar el 90

Por ciento"

Igualmente, contempla que el porcentaje de ocupación que sirve para limitar el número de plazas reservadas sujetas a financiación "podrá ser objeto de revisión", y que el abono de las plazas "se realizará a mes vencido"; además, los costes máximos por plazas también "podrán ser objeto de revisión". En lo que concierne a la persona usuaria, apunta que en ningún caso la aportación de la misma "podrá sobrepasar el 90 por ciento del coste de la plaza".

Sobre la disponibilidad de plazas concertadas, la orden señala que las entidades titulares de los centros podrán disponer "temporalmente" de las plazas concertadas no ocupadas por falta de designación de su titular cuya reserva "no sea objeto de financiación". Pero estas plazas serán "inmediatamente" puestas a disposición de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía o del Centro Directivo competente, en su caso, "cuando así se requieran para su cobertura efectiva".

Por otro lado, para profundizar en los conceptos de participación, control y transparencia, la orden prevé la creación de una Comisión de Participación en la que estarán integradas, además de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, la Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias, la Dirección General de Personas con Discapacidad, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, representantes del sector de las personas mayores y del sector de las personas con discapacidad (tanto de centros residenciales como de UED) y representantes de las organizaciones sindicales más representativas de la comunidad. Esta comisión, como órgano consultivo, participará en el proceso de adopción de cuantas medidas afecten a la concertación de plazas.

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