La Intervención del Estado rechaza investigar a la Cámara de Cuentas al "sobrepasar" sus competencias

La Intervención General de la Administración del Estado ha rechazado la petición realizada por la juez que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares para que ampliara su pericial a fin de "determinar la intervención que pudiera haber tenido" la Cámara de Cuentas de Andalucía "en el mantenimiento a lo largo del tiempo de los hechos objeto de las presentes actuaciones".

La Intervención General de la Administración del Estado ha rechazado la petición realizada por la juez que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares para que ampliara su pericial a fin de "determinar la intervención que pudiera haber tenido" la Cámara de Cuentas de Andalucía "en el mantenimiento a lo largo del tiempo de los hechos objeto de las presentes actuaciones".

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el interventor general de la Administración del Estado considera que la ampliación pericial requerida "debe reconsiderarse dados los límites institucionales a los que deben circunscribirse sus cometidos y la extralimitación del ámbito competencial que supondría respecto de las funciones de este centro directivo".

"Valorar el ejercicio de sus competencias por la Cámara de Cuentas sobrepasa claramente los límites del ámbito institucional de los funcionarios de la Intervención General de la Administración del Estado, por cuanto estarían valorando la labor realizada por un órgano de control externo de carácter estatutario, como es la Cámara de Cuentas de Andalucía", lo cual "excede del marco institucional que corresponde propiamente a los funcionarios" de la Intervención "como personal al servicio del órgano de control interno del sector público", asevera.

Tras ello, la juez ha dictado un auto, consultado por Europa Press, en el que aclara que "debe quedar claro" que los peritos designados "no actúan en las presentes actuaciones como interventores generales del Estado, cualidad por la que estarían sujetos a ciertos límites institucionales, sino como peritos, sujetos exclusivamente al encargo judicial de realizar un informe basado en su leal saber y entender, esto es, en sus conocimientos profesionales y máximas de experiencia".

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