Hacienda lamenta el "afán de confrontación" y el "desconocimiento" de Crespo sobre el 'céntimo sanitario'

La Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía ha lamentado el "afán de confrontación", la "precipitación" y el "desconocimiento" de la delegada del Gobierno en Andalucía, Carmen Crespo, en sus declaraciones sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre el 'céntimo sanitario'.

La Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía ha lamentado el "afán de confrontación", la "precipitación" y el "desconocimiento" de la delegada del Gobierno en Andalucía, Carmen Crespo, en sus declaraciones sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre el 'céntimo sanitario'.

En una nota, la Junta considera que Crespo "se ha precipitado, haciendo unas declaraciones que evidencian una vez más que el afán de confrontación le puede". En ese sentido considera que "podría haber hecho gala de algo de prudencia o haberse informado previamente de atreverse a decir que la Junta 'debería haber visto que no se vulneran los tratados antes de adoptar medidas como el céntimo sanitario'".

Así, la Consejería considera que Crespo "debería dirigir esta advertencia a su compañero de partido Cristóbal Montoro, actual ministro de Hacienda y ministro de Hacienda en 2002, fecha en que el Gobierno Central promulgó la ley que ha desarrollado este impuesto".

La Junta apunta que el desconocimiento de Crespo "es preocupante y sólo pone de manifiesto que cualquier excusa es buena para atacar a la Junta de Andalucía", tras lo que ha aludido a la información que el propio Gobierno central tiene colgada en su web "para comprobar que fue el propio ministro Montoro el que auspició esta Ley".

La Consejería ha recordado que el impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) "es un impuesto que se incluyó en la canasta fiscal en 2002 por el Gobierno central" y ha explicado que la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social "lo creó como un tributo estatal íntegramente cedido a las comunidades autónomas". Así, ha explicado que el tipo de gravamen del impuesto "consta de dos tramos, uno estatal, aplicable en todas las comunidades autónomas, y otro autonómico, cuya puesta en vigor debe ser acordada por cada comunidad autónoma mediante ley de su Parlamento o Asamblea".

De esta forma, agrega que "se ha estado aplicando en todo el territorio español desde entonces hasta 2013 puesto que en julio de 2012, tras comprobar el Gobierno central la jurisprudencia que estaba cuestionando la vigencia de este impuesto, decidió anularlo haciéndolo efectivo el 1 de enero de 2013".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento