El juez solo aprecia fraude de subvenciones en GFB e imputa a Salvador Blanco y otros seis exconsejeros

La investigación no ha permitido acreditar la existencia de malversación o delito societario

La instrucción judicial sobre GFB, iniciada a raíz de la denuncia interpuesta por la Fiscalía tras la comisión de investigación celebrada en el Parlamento, no ha conseguido acreditar la existencia de malversación ni delito societario en la gestión de esta empresa participada por capital público. Únicamente se han hallado indicios de un delito de fraude de subvenciones, por el que se ha imputado al exconsejero delegado de Sodercan Salvador Blanco y a todos los miembros del consejo de administración de GFB.

El juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de Santander, Jaime Parra, considera que ha podido cometerse un delito, al menos en grado de tentativa, por la contratación de 45 trabajadores sin formación específica "dirigida exclusivamente a cumplir las condiciones de la subvención" de la administración. El magistrado mantiene como imputados a los exconsejeros de Economía Angel Agudo, e Industria, Miguel Angel Pesquera, así como a Francisco Royano, exdirector general de Sodercan, que ya han prestado declaración, al figurar en el acta de la reunión en la que se adopta ese acuerdo en materia de contratación.

Sin embargo, levanta la imputación del exconsejero delegado de Sodercan José Villaescusa, al no haber tomado parte en el Consejo de Administración que adoptó el acuerdo que se estima delictivo.

Los otros seis imputados junto con Salvador Blanco son los expresidentes de GFB Max Fischel Mora y Sebastián Tena Pujol; el exdirector, Mario Esquivel; el cántabro Leandro Sainz de la Riva, Carlos Alvarez Novoa y Carlos Peña Boada, en su mayoría miembros del grupo costarricense Euroamérica, que constituyó junto con Sodercan GFB.

Para realizar estas nuevas imputaciones, el juez se basa en las actas de GFB en las que "expresamente se señala que hay que proceder a la contratación de 45 trabajadores más para cumplir las condiciones de la subvención"; y las manifestaciones recogidas por la Policía durante la investigación, entre ellas las de trabajadores que afirmaban no tener "ningún trabajo" y que "se dedicaban a perder el tiempo jugando a las cartas o al fútbol".

También en lo dicho por los administradores concursales, que manifestaron durante la instrucción que los primeros 32 trabajadores contratados contaban con una formación específica, pero que los 45 restantes "son exclusivamente dirigidos a cumplir las condiciones de la subvención, pues ni había empresa en ese momento, ni había trabajo alguno que hacer"; así como en las manifestaciones de varias personas en la comisión de investigación, entre ellas Sainz de la Riva.

"deficiente gestión,

Derroche y desinterés"

En su auto, recogido por Europa Press, el juez Parra señala que la investigación no ha permitido acreditar la existencia de malversación o delito societario, pese a haber quedado "sobradamente acreditado" que las operaciones de GFB supusieron "una pérdida muy importante de patrimonio para las arcas públicas de Cantabria".

Añade que los hechos investigados "carecen de relevancia penal" al no haber "incluido el legislador en el catálogo de delitos la deficiente gestión de los caudales públicos, el desinterés en su custodia o el derroche de los mismos".

En este sentido, el auto relata cómo la maquinaria fue adquirida por EA Euroamérica por unos 32 millones de euros en 2000 y cuatro años después se pacta una compra por parte de GFB por valor de 44 millones "desconociéndose el motivo de esa plusvalía"; y cómo la maquinaria "presentaba deficiencias" que supusieron a GFB un gasto adicional de entre ocho y doce millones de euros.

En relación a las placas de fibroyeso fabricadas por otra entidad -relacionada con EA Euroamérica- que GFB compró por 3,1 millones de euros para comenzar la comercialización de productos, la resolución judicial explica que no cumplían las exigencias europeas y que ni entonces ni después hubo comprador de las mismas. Se terminaron vendiendo a precio de saldo durante la fase de liquidación del concurso de acreedores.

"En el consejo de GFB no hubo ninguna oposición a dicha operación que, nuevamente, suponía un enriquecimiento para el socio costarricense y se demuestra una vez más el más absoluto desinterés en el control de los caudales públicos", añade.

Además, considera el juez que la operación fue "absolutamente sobredimensionada, tanto en cuanto a su producción, como en cuanto a los puestos de trabajo que se iban a crear"; y pone de manifiesto que "se crearon empresas específicamente para la realización de determinados trabajos, como el transporte de la mercancía, cuya facturación a GFB superó el 1,2 millones de euros, y siempre estaban integradas por personas cercanas a los costarricenses".

Gastos reprochables

Por último, en el capítulo de gastos, señala que pese a que no llegó a fabricar producto alguno "soportó gastos excesivos y desmesurados", como los 1,2 millones de euros de sueldos - "la mayor parte de alta dirección"-, 356.000 euros de gastos de representación de las tarjetas de crédito de los directivos, 70.000 euros de dietas iniciales o 50.000 euros de vehículos de alta gama. "Todos estos gastos son especialmente reprochables cuando la sociedad aún no había comenzado a producir productos alguno y sus cuentas económicas arrojaban unos balances negativos", agrega el juez.

Pese a todo ello, no ve delito de malversación pues "no se ha podido encontrar prueba alguna de que ninguna de las personas investigadas sustrajera cantidad alguna, consistiere que otros terceros lo hiciera, ni de que destinaren esos bienes a sus ajenos a la función pública, por lo que sobre este punto deberá procederse a finalizar esta investigación".

Del mismo modo, considera que el "ánimo de perjudicar a los socios" que adorna el delito societario "tampoco ha quedado acreditado en ninguno de los imputados".

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