El TSJPV suspende el recurso del Estado contra la orden del Gobierno vasco de atención sanitaria a personas inmigrantes

Jon Darpón se muestra satisfecho porque la decisión "avala nuestros postulados" y exige al Gobierno español un giro de 180 grados
Darpón en rueda de prensa
Darpón en rueda de prensa
EUROPA PRESS
Darpón en rueda de prensa

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha suspendido finalmente la tramitación del recurso planteado por el Gobierno Central contra la Orden vasca que regula la asistencia sanitaria a personas inmigrantes en situación irregular, dando así la razón al Gobierno vasco.

Según ha informado el Ejecutivo autónomo, eso significa que la Orden del consejero de Salud, Jon Darpón, de 4 de julio de 2013, podrá seguir aplicándose con normalidad, al menos hasta que el Tribunal Constitucional dicte sentencias definitivas sobre el conflicto de competencias interpuesto entre el Estado y Euskadi sobre la atención a personas en situación irregular y el copago.

El contencioso surge a raíz de la decisión del Gobierno del Estado, a través del Real Decreto-Ley 16/2012, de privar de la condición de asegurada o beneficiaria del derecho a la asistencia sanitaria a determinadas personas, entre ellas, las de procedencia extranjera sin permiso legal de residencia.

Sin embargo, el propio Tribunal Constitucional avaló finalmente la atención sanitaria a ese colectivo en la CAE, regulada precisamente por la orden del Departamento de Salud del Gobierno vasco de 4 de julio de 2013.

DARPÓN

El consejero de Salud, Jon Darpón, ha manifestado su "satisfacción" por la decisión del TSJPV, porque "demuestra que tenemos razón cuando sostenemos que la protección de la salud es un derecho universal incuestionable de las personas, y no una consecuencia de la cotización a la Seguridad Social".

Asimismo, ha señalado que el colectivo de personas inmigrantes podrá seguir accediendo al sistema sanitario de Euskadi demostrando que "aquí es posible preservar la universalidad como un derecho reconocido con respecto a la salud y el acceso a los servicios sanitarios"

La Orden del Consejero de Salud, que en su momento fue criticada por el PSE y EH Bildu, se ha mostrado finalmente como una herramienta "eficaz" para dar cobertura sanitaria a este colectivo de personas, ha destacado el Ejecutivo.

Por eso, Jon Darpón ha exigido al Gobierno de Rajoy un giro de 180 grados en su política de salud, atendiendo no sólo a los posicionamientos que defiende Euskadi, sino al propio Consejo de Europa, que en su último informe del pasado mes de enero considera "ilegal" que el Estado español no dé asistencia sanitaria a las personas sin recursos económicos ni documentación en regla.

Asimismo, ha recordado que Euskadi mantiene así la universalización en el sistema sanitario, tal y como señala el Comité Europeo de Derechos Sociales en sus conclusiones anuales sobre el grado de cumplimiento de la Carta Social Europea.

Procedimiento de asistencia en la cav

Las personas solicitantes deben acreditar que cumplen los requisitos exigidos (Decreto 114/2012, de 26 de junio), además de aportar documentación que identifique fehacientemente su identidad; declaración de sus ingresos, que deben ser inferiores a la Renta Básica en Euskadi; y certificado de empadronamiento en cualquier municipio de la CAE por un periodo continuado de al menos un año antes de la presentación de la solicitud (dado que ése era el plazo establecido en el citado decreto autonómico aprobado en la anterior legislatura).

Una vez verificados los requisitos y, en su caso, obtenido el reconocimiento, el ciudadano o ciudadana recibirá un certificado acreditativo hasta que se emita la TIS correspondiente, personal e intransferible, que le garantiza en Euskadi una asistencia sanitaria en iguales condiciones de calidad y con la misma extensión que la reconocida a las personas aseguradas o beneficiarias.

El mismo reconocimiento se da también a quienes, en el momento de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 16/2012, ya disponían de la Tarjeta Individual Sanitaria (TIS) de la CAPV y que, en la actualidad, de haber se aplicado el Decreto Ley de Madrid carecerían de la condición de persona asegurada o beneficiaria.

Al resto de personas sin recursos que lleven menos de un año de empadronamiento, el Departamento de Salud les asigna un médico de familia en el Centro de Salud de Atención Primaria más próximo para que puedan acceder al sistema sanitario para las prestaciones a las que tienen derecho (las mujeres durante el embarazo, parto y post-parto y los menores de 18 años tienen en cualquier caso, la asistencia sanitaria completa garantizada).

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