Confirman la pena de dos años de cárcel para el ertzaina que mató a un hombre al confundirle con un secuestrador de ETA

  • Confundió una pelea entre amigos con un intento de secuestro de ETA.
  • Ya fue condenado a dos años, pero la familia de la víctima recurrió.
  • El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 2 años de cárcel y 4 de inhabilitación profesional a un ertzaina que confundió una pelea entre amigos
en Alegia (Guipúzcoa) con un intento de secuestro de ETA y mató a uno de ellos, de origen gallego, al disparar su pistola reglamentaria cuando intentaba reducirlo.

El agente fue condenado en mayo del año pasado por la Sección Primera de la Audiencia de Guipúzcoa, al entender que actuó "olvidando las más elementales precauciones que hubieran sido exigibles en una situación similar y quebrando las reglas propias de su quehacer profesional".

Según aquella sentencia, los hechos ocurrieron sobre las 17.00 horas del 19 de diciembre de 2003, cuando el ertzaina trabajaba junto a un compañero en la regulación del tráfico al paso de la carretera nacional N-I por Alegia, y "se percató de que en el lado contrario" de la marcha había dos vehículos parados en el arcén y que el conductor de uno de los coches estaba siendo agredido.

El agente atravesó los cuatro carriles de la N-I mientras gritaba "¡Alto policía!", desenfundaba el arma y, al llegar a la altura del fallecido, que se encontraba en el exterior del primer automóvil, lo agarró y lo llevó a la parte trasera del vehículo.

El hombre, que se hallaba bajo los efectos del alcohol, se giró y, "ante esta reacción", el ertzaina que sostenía su arma sin seguro en la mano, "quebrantando las reglas propias de su quehacer profesional, accionó el gatillo" e hirió de muerte al fallecido, de 43 años y natural de Gudín (Ourense), aunque vecino de Beasain.

El tribunal impuso entonces al acusado dos años de cárcel, cuatro de inhabilitación profesional y otros tantos de privación del derecho de armas por un delito de homicidio por imprudencia grave.

El procesado fue condenado asimismo a indemnizar con 120.000 euros a la novia del fallecido, con 15.000 euros a cada uno de los padres del muerto y con 6.000 euros a su hermano.

Recurso de la familia

Tanto la defensa del ertzaina como la acusación particular que ejercían los familiares y allegados del fallecido recurrieron esta condena ante el Tribunal Supremo (TS) que sin embargo ha ratificado ahora punto por punto la resolución de la Sección Primera de la Audiencia de Guipúzcoa.

En su sentencia, el TS rechaza todos los motivos de los recursos de las partes y califica de "modélica" la resolución de la Audiencia Provincial porque, entre otros aspectos, incluye una "argumentación verdaderamente exhaustiva y ejemplar" en la que "se refiere con pormenor a cada uno de los elementos tenidos en cuenta para alcanzar la conclusión condenatoria".

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