Los niños nacidos por vientre de alquiler no podrán inscribirse en el Registro Civil español

  • Un matrimonio homosexual quería inscribir a sus hijos, nacidos en EE UU, en el Registro Civil y una sentencia ratifica ahora la negativa del organismo.
  • En España está prohibida la gestación por sustitución, con o sin precio.
Una imagen del Registro Civil de Madrid.
Una imagen del Registro Civil de Madrid.
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Una imagen del Registro Civil de Madrid.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha rechazado la inscripción en el Registro Civil de unos niños nacidos en California por el método del vientre de alquiler y a los cuales un matrimonio pretendía inscribir como hijos propios, según publica el diario El Mundo.

El Tribunal sentencia que no es posible la certificación registral extranjera de niños nacidos por este método aunque el nacimiento se haya producido por este método, ya que la legislación nacional prohíbe la gestación por sustitución, con o sin precio.

Sin embargo, los dos niños sí pueden acceder a los derechos civiles reconocidos para los españoles mediante la acción de filiación por parte del miembro de la pareja que sea el padre biológico o mediante un proceso de adopción.

El matrimonio contaba con los certificados expedidos por el registro del Condado de San Diego (California) sobre la filiación como hijos suyos los menores, que nacieron en 2008. En Estados Unidos está permitido por la ley usar vientres de alquiler, por lo que la pareja había recurrido a este medio.

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