Un juez procesa a los responsables del colegio privado por no admitir a un menor de padres gays

El Juzgado de Instrucción número dos de Sevilla ha procesado al director general del colegio privado Yago School de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) y a la directora de Admisión, ambos imputados, al considerar que existen "motivos suficientes" para atribuir a éstos un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas garantizadas en la Constitución española al supuestamente negarse a escolarizar al hijo de una matrimonio gay.

El Juzgado de Instrucción número dos de Sevilla ha procesado al director general del colegio privado Yago School de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) y a la directora de Admisión, ambos imputados, al considerar que existen "motivos suficientes" para atribuir a éstos un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas garantizadas en la Constitución española al supuestamente negarse a escolarizar al hijo de una matrimonio gay.

Según el auto, recogido por Europa Press, el juez Carlos Mahón ha dispuesto continuar con el trámite de procedimiento abreviado contra los imputados "por su participación en un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas".

Así, cabe recordar que los hechos se remontan a febrero de 2012 cuando el matrimonio intentó inscribir a su hijo, que tenía entonces tres años, en el citado centro, algo que tanto la responsable de Admisión y como el director de las instalaciones rechazaron, alegando la ausencia de plazas. Sin embargo, ante la supuesta matrícula con posterioridad a ese rechazo, algo para lo que la acusación aporta documentación de la entidad bancaria pertinente, se procede a la denuncia del centro.

De este modo, considera que existen "motivos suficientes para atribuir la perpetración de los hechos a los imputados", mencionando sus declaraciones, la documentación aportada por una entidad financiera y por el expediente administrativo incoado por la Consejería de Educación, elementos ante los que "se deduce, aunque sea de manera indiciaria, que ambos rechazaron la solicitud del menor debido a que pertenecía a una familia homoparental".

En este marco, la resolución ha sido notificada a los imputados, al Ministerio Fiscal y a la acusación para que en el plazo de diez días pidan la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa. Contra esta resolución, que no es firme, recuerda que cabe un recurso a presentar en un plazo de tres días.

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