Los 16 magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo empiezan a deliberar sobre la sentencia del TEDH

Los 16 magistrados que integran la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo han conmenzado pasadas las 11 horas de este martes su reunión, en Sala General --de carácter no jurisdiccional-- con un único punto en su orden del día: "Análisis y Efectos de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con relación a la "doctrina Parot".
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EUROPA PRESS
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Los 16 magistrados que integran la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo han conmenzado pasadas las 11 horas de este martes su reunión, en Sala General —de carácter no jurisdiccional— con un único punto en su orden del día: "Análisis y Efectos de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con relación a la "doctrina Parot".

La reunión se produce después de que, el pasado viernes, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordara no esperar al criterio del alto tribunal, que era lo que le había solicitado la Fiscalía y solicitó una buena parte de los magistrados de este órgano, y excarcelara a nueve etarras, entre ellos Domingo Troitiño, que habían visto alargada su estancia en prisión después de que les aplicaran la 'doctrina Parot'.

Según han informado a Europa Press fuentes de del Supremo, en el Pleno de hoy martes se establecerán las pautas generales de aplicación de la decisión de Estrasburgo y sus efectos tanto en presos de ETA como en otros que pueden verse afectados por esta resolución.

La decisión que adopte el Supremo será de carácter no jurisdiccional, es decir, se fijará el modo de actuar sin afectar a ningún caso en concreto.

Por ello, de momento no se estudiará la situación concreta del etarra Ignacio Pujana y de otros cuatro casos que tiene pendiente resolver este órgano sobre el mismo asunto.

Posturas que podrían discutirse

Entre los criterios a valorar por la Sala podría estar el defendido por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que propuso que las redenciones se apliquen únicamente hasta el 28 de febrero de 2006, fecha en la que el Supremo comenzó a aplicar la 'doctrina Parot', de forma que a partir de ese momento los reclusos deberían cumplir el tiempo íntegro de las condenas que les restaran sin lugar a ningún tipo de redención.

También podría discutirse otra posibilidad, apuntada en una carta remitida recientemente por el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, al presidente de la asociación de víctimas Dignidad y Justicia. Consistiría en obligar a los presos afectados a presentar ante Tribunal Supremo recursos de revisión, al considerar la sentencia del TEDH como "hecho nuevo" excluyente de la responsabilidad del reo en aplicación del punto 4 del artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim).

Una tercera vía pasaría por dejar las cosas como están y estudiar la aplicación de la sentencia de Estrasburgo caso por caso a los que tiene pendiente de resolver este órgano, según las fuentes consultadas.

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