TSJC ve "indicios racionales" de prevaricación en el alcalde de Polanco por el pabellón de Requejada

Desestima los recursos de reforma presentados por Cabrero, así como por el teniente alcalde y por el anterior regidor
Julio Cabrero
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PP
Julio Cabrero

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) aprecia "indicios racionales de criminalidad" en la actuación del regidor de Polanco y diputado regional, Julio Cabrero, y del teniente de su teniente de alcalde, Luis Barrero, en la adjudicación de los contratos para los proyectos del polideportivo de Requejada, por lo que mantiene su imputación por un delito de prevaricación administrativa.

En esta causa, también hay otro imputado por otro delito de prevaricación administrativa hacia el exalcalde de Polanco, Miguel Ángel Rodríguez.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJC ha desestimado, en un auto de 15 de octubre de 2013, los recursos de reforma que, cada uno de ellos, presentó contra un auto del pasado 20 de septiembre del magistrado-instructor de la causa en el que se acordaba transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado por estos dos delitos de prevaricación administrativa al no considerar descartados "los indicios de criminalidad".

En su recurso desestimado, Cabrero pedía el sobreseimiento y archivo de las presentes actuaciones porque, a su juicio, los hechos no constituyen infracción penal.

Señalaba, además, que la contratación del proyecto del polideportivo y la autorización de las facturas por los honorarios profesionales del proyectista fueron realizadas, "por delegación, por el teniente alcalde", Luis Barrero.

Por su parte, Barrero solicitaba la revocación del auto de 20 de septiembre y que se dejara sin efecto en lo referente a él pues, en su opinión, las diligencias practicadas "acreditan" que "no es el autor de los hechos investigados".

Además, tanto uno como otro, exponían en sus recursos que, "en todo caso, los hechos constituyen una simple ilegalidad administrativa" que, una vez identificada por los técnicos, se resolvió.

En el auto del TSJC, al que ha tenido acceso Europa Press, se afirma que los elementos obrantes en autos "reflejan la actuación" de Cabrera y Barrero en relación a la contratación que se está investigando, que es la redacción de un nuevo proyecto básico y de un proyecto de ejecución y dirección de obras del polideportivo de Requejada.

La Sala señala que los recurrentes "no cuestionan" que la adjudicación de los contratos se efectuó "sin expediente alguno, de modo directo" y a pesar de que en el Ayuntamiento obraba un proyecto básico previo, encargado por el anterior alcalde (Rodríguez) con un presupuesto base de licitación de 2,96 millones de euros y de que los honorarios del proyectista eran el 4% del importe del proyecto.

Así, el TSJC considera que la adjudicación del contrato es "en principio compatible con el concepto de resolución arbitraria", pues se adjudica directamente y "sin expediente contractual alguno" a pesar de las exigencias legales que imponía la naturaleza y cuantía del contrato.

"La contratación se efectúa a pesar de ser conscientes de la inexistencia de expediente administrativo alguno", insiste el TSJC, que afirma que en el nivel indiciario en el que se encuentra el proceso "no cabe negar la participación en la comisión de los hechos investigados de los dos imputados pues la diligencias practicadas, tanto la testifical como las documentales reflejan conductas compatibles con la autoría de los hechos".

Además, y en respuesta a que tanto Cabrero como Barrero señalaban que no concurría "dolo directo", que es el actuar "a sabiendas", el TSJC señala que "no cabe" en la actual fase procesal excluir el dolo directo basándose en la inexistencia de reparos de los servicios municipales o en actuaciones posteriores de los imputados pues —dice— "no existe una relación directa y automática entre uno y otros elementos".

El TSJC mantiene el recurso del anterior alcalde, que pedía la revocación del auto y que se deje en suspenso respecto al mismo.

Aunque la Sala ha desestimado los recursos de reforma de los tres imputados, sin embargo, ha admitido a trámite los recursos de apelación que han presentado Barrero y Cabrero de forma subsidiaria.

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