La Diputación de Ourense alega a la Olaf que solo hubo "irregularidades formales explicables e irrelevantes"

Baltar envía 70 folios a Hacienda para evitar el reintegro de 10 millones y argumenta la posible prescripción de esa devolución

La Diputación de Ourense solo ve "irregularidades formales explicables e irrelevantes" frente a los posibles indicios penales detectados por la Oficina europea de Lucha Antifraude (Olaf) en la contratación de depuradoras y certificadores de los proyectos 'Daredo' y 'Deputrans'.

La institución provincial ha dado a conocer el escrito de 70 folios de alegaciones a las irregularidades que señala el informe de la Olaf, que aborda todas las críticas al procedimiento de contratación de la empresa Servicios Medioambientales (SMA) tanto para abastecer a la Diputación de las 104 depuradoras que fueron instaladas en 60 municipios, como para hacer las certificaciones correspondientes.

Según la Olaf, incumplieron la normativa para las contrataciones públicas y supusieron el acceso de la empresa a información confidencial, entre otras irregularidades.

El presidente de la Diputación, José Manuel Baltar, firma un documento en el que los servicios técnicos desgranan detalles como el cambio de fechas con líquido corrector, la falta de registro de la comunicación entre empresa y organismo provincial sobre los ayuntamientos en los que se iban a implantar las depuradoras o la falta de documentos sobre el seguimiento de esa instalación.

Se hizo pero con agobio

Según las alegaciones, las acusaciones de la Olaf son "desmesuradas" y la decisión de que la Diputación devuelva 10 millones de euros es "desproporcionada" pues califica de "pequeña irregularidad formal" las correcciones de fechas, "error" atribuido al "agobiante inicio de todo el proyecto, a cargo en aquel momento de un embrionario servicio de Aguas y Medio Ambiente, constituido por un técnico y una auxiliar administrativa", según el texto.

También argumenta, sobre los plazos de entrega de las depuradoras y la división en varios contratos, que "eran más breves de lo deseado" pero no respondió "en ningún momento a la voluntad de la Diputación sino a la necesidad de cumplir los perentorios plazos marcados para la ejecución del proyecto".

Otra de las alegaciones alude a la "voluntad clara" de la Diputacón de promover la máxima concurrencia en la licitaciones, frente a la afirmación contraria de la Olaf, pues en el primer proceso de licitación estuvieron varias empresas "pero el hecho de que en la segunda y posteriores sólo se presentase una empresa —SMA— no demuestra nada".

En ese sentido, se reparten en los 70 folios réplicas a las afirmaciones de la Olaf como "la Diputación considera absolutamente desmesuradas y carentes de fundamento las conclusiones establecidas por la Olaf" y le achaca que en ningún momento "sea capaz de acreditar la vulneración de norma legal alguna".

"La Diputación goza de discrecionalidad técnica para determinar qué características se adaptan mejor a las necesisades, con el único límite del principio libre de concurrencia que no fue vulnerado", según el texto, que detalla la existencia de otra empresa gallega, además de SMA, que podría cumplir los requisitos pedidos en el concurso de abastecimiento de depuradoras. "Por lo que los pliegos de condiciones no pueden considerarse un traje a medida de SMA", subraya.

La fiscalía archivó en 2008

En lo considerado por la Olaf como voluntad de favorecer a la empresa SMA en los años 2004 y 2005 como proveedora para los proyectos europeos 'Daredo' y 'Deputrans', la Diputación indica niega que las dimensiones máximas exigidas "impidiesen la libre concurrencia, pues había depuradoras de otros fabricantes que se ajustaban a ellas lo que prueba, una vez más, la falsedad de las acusaciones de la Olaf".

También esgrime el argumento de que la contratación de las depuradoras fue ya investigada por la Fiscalía de Ourense y las diligencias fueron archivadas en 2009 por el Juzgado de Instrución número 1, al "no apreciar indicios delictivos", además de "destacar" que la Fiscalía encargó entonces un peritaje independiente "que concluyó que los planos de la obra civil para instalar las depuradoras no determinaban a un único fabricante".

Sobre la información confidencial que supuestamente manejó la empresa SMA, la Diputación lo "rechaza rotundamente" e indica que la Olaf "con la tónica general de su informe, no aporta prueba alguna sobre esa afirmación y se apoya en meras conjeturas infundadas".

Totalmente prescrito

Por otra parte, en el mismo documento, la Diputación plantea la posibilidad de que la petición de reintegro esté "totalmente prescrita" pues el inicio del procedimiento por parte del Ministerio de Hacienda se basa en el presunto incumplimiento de "la obligación de justificar o justificación insuficiente" y, en ese caso, prescribe cuatro años después de que terminase el plazo para presentar los justificantes, que según la Diputación fue en junio de 2010.

La documentación enviada por la Diputación a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas incluye un anexo con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra del anuncio del concurso para contratar las depuradoras, la adjudicación del suministro de depuradoras en la Diputación de Pontevedra a la empresa SMA, el informe pericial encargado por la Fiscalía de Ourense en 2009.

También irá con las alegaciones el documento de aceptación del programa de cooperación transfronteriza entre España y Portugal, cofinanciado con fondos Feder, del proyecto 'Daredo', firmado por el entonces presidente de la Diputación de Ourense José Luis Baltar y por el responsable de gestión del programa en el ministerio, Luis de Fuentes Losada.

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