Aprobado el Reglamento Orgánico de las Escuelas Superiores de Diseño

El portavoz del Gobierno de La Rioja, Emilio del Río, ha informado esta mañana de la aprobación del Reglamento Orgánico de las Escuelas Superiores de Diseño de la comunidad, cuyos principios de actuación reflejan que los órganos de gobierno velarán para que sus actividades se desarrollen según los valores de la Constitución, la efectiva realización de los principios y fines de la educación y la calidad de la enseñanza.

El portavoz del Gobierno de La Rioja, Emilio del Río, ha informado esta mañana de la aprobación del Reglamento Orgánico de las Escuelas Superiores de Diseño de la comunidad, cuyos principios de actuación reflejan que los órganos de gobierno velarán para que sus actividades se desarrollen según los valores de la Constitución, la efectiva realización de los principios y fines de la educación y la calidad de la enseñanza.

Además, el Reglamento refleja que los órganos de gobierno fomentarán la participación del alumnado, profesorado y personal de administración y servicios y garantizarán los derechos reconocidos y el cumplimiento de sus deberes. Ha recordado que en la actualidad son 417 los alumnos matriculados.

En este sentido, detalla que los órganos unipersonales de gobierno de las Escuelas son: el director, el jefe de estudios y el secretario; los órganos colegiados son: el Consejo de Escuela y el Claustro de profesores; y los órganos de coordinación docente son: los departamentos didácticos, el Departamento de Extensión Cultural y Promoción Artística, la Comisión de Coordinación Docente, el coordinador de programas internacionales y el coordinador de Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

La normativa también contempla la participación de la comunidad educativa en el gobierno de los centros. El profesorado lo hará a través del claustro de profesores, y los alumnos mediante sus representantes en el Consejo de la Escuela, en las Juntas de Delegados y a través de las asociaciones de alumnos y otros órganos de participación.

El Reglamento señala que la Administración educativa favorecerá la autonomía de los centros, de forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización. Además esta autonomía se regirá por el principio de mejora continua de la calidad educativa y de la eficiencia, tanto de los procesos como de los resultados. La autonomía pedagógica se concretará mediante las guías didácticas y el proyecto educativo del centro; la autonomía organizativa, mediante la Programación General Anual y el Reglamento de Organización y Funcionamiento; y la autonomía de gestión económica se reflejará en la elaboración del proyecto de gestión.

El texto establece que las escuelas deberán llevar a cabo un plan de autoevaluación de su funcionamiento, programas y actividades para propiciar la mejora de la calidad de la enseñanza. De este modo, el Consejo de la Escuela valorará al final de cada curso el desarrollo del Plan de Autoevaluación, cuyos aspectos docentes son competencia exclusiva del claustro de profesores.

Además, la Consejería de Educación establecerá los programas de evaluación periódica de los centros, cuyos resultados se comunicarán a los mismos y también se harán públicos.

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