"Avisaré de que la gente corre en la carretera de Alicante"

Francisco Javier Jiménez Jiménez es oficialmente jefe provincial de Tráfico desde el 1 de julio del 2006, aunque desempeña esta función desde diciembre de 2005. Está casado y tiene tres hijos.
Francisco Javier.(F. J. Mompeán)
Francisco Javier.(F. J. Mompeán)
Francisco Javier.(F. J. Mompeán)

"La experiencia es interesante y repetiría encantado". Así respondió el director provincial de Tráfico de Murcia, Francisco Jiménez Jiménez, a las preguntas de los lectores de 20 minutos.

Felipe Pérez Alcaraz: ¿Cree usted razonable tener que esperar en una larguísima cola para pedir un impreso de Transferencia?

No es lógico. Los impresos más usados por los ciudadanos para realizar trámites habituales pueden cogerlos los ciudadanos en una mesa habilitada en la zona del público, para lo cual no hay que esperar la cola. No obstante, en alguna ocasión ha podido ocurrir que esos impresos se hayan terminado y haya sido necesario recogerlos en el Negociado de Información. Además, todos los impresos de Tráfico pueden descargarse en la página web de la Dirección General de Tráfico www.dgt.es, información administrativa.

Jose: Veo muy dificultoso realizar el examen práctico de motocicleta por libre. Hay trabas por parte de las autoescuelas y nula colaboración por parte de la Administración. ¿Cabe esperar alguna mejora?

No comparto la idea de que sea difícil realizar el examen de motocileta por libre porque la colaboración de la Administración es total. Para obtener el permiso de conducción de motocicletas usted puede presentarse al examen teórico y al examen en circuito cerrado por libre, sin necesidad de acudir a una autoescuela. Puede comparecer a examen de pista con la motocileta de cualquier persona siempre que aporte el seguro obligatorio del vehículo, permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica en vigor, y la moto se ajuste a las condiciones fijadas en el Reglamento General de Conductores. Únicamente es necesario ir a la autoescuela cuando vaya a realizar el examen de circulación en vías abiertas al tráfico para obtener el permiso de circulación de la clase A. Sin embargo, este examen en vías abiertas al tráfico no es necesario si se tiene el permiso de la clase B o A1, con dos años de antigüedad.

Eros: ¿Qué soluciones a corto plazo ve para el caos diario circulatorio que se vive continuamente en las todas las entradas y salidas a diario de Murcia capital hacia pedanías y pueblos cercanos?

Para paliar los habituales problemas circulatorios en las entradas y salidas de Murcia hacia pedanías y pueblos, veo varias soluciones a corto y medio plazo. A corto plazo, cuando se abra al tráfico la avenida Miguel Induráin se aliviará considerablemente el tráfico a toda la zona este de la ciudad.

El principal proyecto que descongestionará el tráfico en la Ronda Oeste y su conexión con la A-7 y la A-30, donde están los nuevos centros comerciales, es la variante Norte que enlazará Cabezo de Torres en la a-7, con la A-30 por Molina de Segura y con Alcantarilla, en la A-7, por el norte de Espinardo. Es un by pass que evitará el paso por la Ronda Oeste de todo el tráfico entre Alicante y Andalucía.

Por otro lado, la conexión Suroeste prolongará la variante Norte hasta el Puerto de la Cadena.

El tercer carril del Puerto de la Cadena, cuando finalicen las obras, también descongestionará el tráfico de entrada y salida por el Sur, a la ciudad de Murcia.

Además, la Cortera Norte y Sur, responsabilidad de la Comunidad Autónoma y del Ayuntamiento de Murcia, absorberá en el futuro buena parte del tráfico en estas dos zonas de la ciudad.

Arturo: ¿Por qué Cartagena no dispone de ninguna cámara de vigilancia para vigilar el trafico diario tal como otras ciudades con menos población? La falta de éstas y de policías locales hacen caótico el tráfico en horas puntas?

El Ayuntamiento de Cartagena, consciente del problema del tráfico diario, está interesado y tiene proyectado la realización de un Centro de Gestión de Tráfico para controlar todo el tráfico de la ciudad y, de hecho, ha elevado ya la correspondiente solicitud a la Dirección General de Tráfico.

Brujapocopelo: Debido a que ahora los cambios de domicilio son muy frecuentes, motivados sobre todo a la movilidad geográfica por trabajo, cambios de domicilio por alquiler, etc. Me surgen las siguientes preguntas:

1.- ¿Es posible realizar la renovación del permiso de circulación de los vehículos por cambio de domicilio a través de algún medio alternativo al presencial, es decir, a través de Internet, por ejemplo?

2.- ¿Cree usted que tiene alguna lógica en los tiempos que corren, que cada vez que cambie de domicilio, tenga que perder varios días de burocracia medieval notificando el cambio?

3.- Si la notificación del cambio ya se realiza en Hacienda (automáticamente por Internet), la policía (DNI), el Ayuntamiento (empadronamiento y sello del vehículo gestionado a través de Internet). Y todos estos organismos son oficiales, ¿no sería más práctico que ustedes se conectaran automáticamente a sus bases de datos y consultaran el domicilio del titular en caso de necesidad?.

Cada vez que me cambio de domicilio no tengo que informar al que me vendió la lavadora, la televisión, la bicicleta, el ordenador, etc., del mismo. ¿Por qué con el vehículo sí?

Respuestas:

1.- En estos momentos no es posible realizar el cambio de domicilio del permiso de circulación por Internet pero la Dirección General de Tráfico está trabajando actualmente para que esto pueda ser posible y está en la línea de facilitar a los ciudadanos toda la información y poder realizar los trámites vía electrónica.

Además, durante el año 2005 y 2006 se invitó a todos los ayuntamientos de la Región a que colaboraran con la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia y se pudiera tramitar el cambio de domicilio en las ventanillas de los ayuntamientos de cada ciudadano. Esta invitación no tuvo mucho éxito y en el año 2007 se va a insistir de nuevo y se va a ofrecer a los ayuntamientos la posibilidad de suscribir un convenio para el intercambio de datos entre administraciones y para que los ayuntamientos puedan efectuar los cambios de domicilio.

2.- Comunicar el cambio de domicilio en la Dirección General de Tráfico es una obligación que impone el artículo 68 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y seguridad Vial. Este trámite es muy sencillo y basta con presentar una solicitud, sin pago de tasa, el DNI original y el certificado de empadronamiento. Además, antes había que aportar el recibo del pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, pero en la última reforma normativa se ha prescindido de la obligatoriedad de presentar este recibo.

3- reitero lo expuesto antes: comunicar a la DGT el cambio de domicilio es actualmente una obligación legal. No obstante, en el futuro, es posible que Tráfico pueda acceder a los registros de otras administraciones para conocer los cambios de domicilio, pero habrá que esperar a la correspondiente modificación de la ley que también tendrá que respetar la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

Brujapocopelo: ¿Me podría indicar la norma que tenemos que cumplir al circular por las rotondas, tanto si vamos a acceder a ellas o estamos circulando? Desde que las están poniendo tengo pánico al circular por ellas. Veo que la mayoría de los conductores las atraviesa tangencialmente, a velocidad excesiva, etc. ¿Piensan hacer alguna campaña divulgativa en tv para que nos vayamos acostumbrando a su utilización?

Las rotondas se construyen para dar más fluidez ala circulación y no es difícil circular por ellas si se respetan unas sencillas normas de circulación y cortesía entre los conductores.

A: Siempre hay que dejar el centro de la rotonda a la izquierda y siempre tienen prioridad de paso los que circulen por el interior. Al aproximarse a la rotonda, se debe ceder el paso a los que están dentro.

B: Incorpórese a la rotonda cuando esté seguro de que no entorpecerá al que circule dentro de ella.

C: Si su intención es desviarse hacia la derecha, antes de entrar a la rotonda, sitúese a la derecha e indíquelo con el intermitente derecho.

D: Si su intención es seguir recto, debe circular por el carril de la derecha y cuando esté en el último cuarto de la rotonda, señalice con el intermitente derecho.

E: Al entrar a la rotonda, usted circula por un solo carril y debe señalizar con los intermitentes todos los cambios de carril que desee hacer, ejecutando el cambio de carril cuando pueda, sin obstaculizar a los demás conductores.

F: Si se percata de que tiene que salir por la salida más próxima y no está situado en el carril derecho, dé otra vuelta hasta que consiga situarse en el carril que le permita salir de la rotonda sin obstaculizar a los demás conductores. En resumen: tres reglas principales:

- Ceder el paso antes de entrar en la rotonda.

- Seleccionar el carril adecuado, según la salida que vayamos a tomar.

- Circular por carriles, sin molestar a los demás conductores, y señalizando con los intermitentes los cambios que deseamos realizar.

Juani: ¿Tienen datos de cuántos puntos han quitado los policías locales a conductores que obstaculizan a los autobuses? ¿Se va a presionar a las policías locales para que actúen en este sentido?

Cuando los conductores de automóviles obstaculizan a los autobuses cometen una infracción que es denunciada y sancionada con la pérdida de tres puntos. No tengo datos exactos de las denuncias que se han formulado en este sentido porque la tramitación de estos expedientes es competencia de los ayuntamientos. Los policías locales deben denunciar esas conductas siempre que sean observadas en el ejercicio de su función.

Santi:¿Qué van a hacer contra los antirradares ilegales que se están popularizando y comercializando?

Está prohibido que en los vehículos se instalen mecanismos, sistemas o instrumentos encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico así como la utilización de mecanismos de detección de radares. Esta infracción es grave y esta sancionada con multa a partir de 91 euros hasta 300 y pérdida de 2 puntos.

F. Lucas: ¿Qué opina de que asesinos y delincuentes salgan de la cárcel y una persona por circular con velocidad excesiva sin poner en peligro la vida de nadie, salvo la suya, con un buen coche y una buena carretera vaya a la cárcel?

La administración y los poderes públicos están para garantizar el cumplimiento de la legalidad y para cumplir la ley sin entrar en juicios de valor. En este sentido, infringir las normas de velocidad está considerado por la ley como una infracción grave con carácter general, pero cuando se sobrepase la velocidad máxima autorizada en más de un 50%, siempre que se supere el límite máximo en más de 30 kilómetros por hora es considerado infracción muy grave y conlleva suspensión del permiso de conducción y pérdida de 6 puntos del permiso de conducción.

El 26% de los accidentes de tráfico son por causa del exceso de velocidad. Pero el exceso de velocidad o la velocidad inadecuada a las circunstancias de la vía y de la circulación está presente en casi todos los accidentes con víctimas y además, la velocidad agrava las consecuencias de dichos accidentes. Por esto, creo que debemos cambiar la mentalidad y conducir respetando siempre las normas y señales de velocidad.

Actualmente, una persona que circule con velocidad excesiva, sin poner en peligro la vida de los demás, no va a la cárcel. Pero en el futuro está previsto que cuando se superen unos determinados límites, la conducta sea delito.

Ciudadano: ¿Por qué, como ciudadano adulto responsable de mis actos, no puedo circular con mi motocicleta sin el casco?

Los poderes públicos deben preservar la integridad física de las personas y el derecho a la vida que son bienes constitucionalmente protegidos. Además, la administración debe garantizar el interés general que está recogido en las normas. En concreto, la Ley de Seguridad Vial prohíbe circular en motocicleta sin hacer uso del casco, que debe estar correctamente colocado.

Amélie: La antigua carretera de Alicante es una travesía peligrosísima. Los coches circulan a una velocidad de circuito, sobre todo por las noches, y en los cruces como el de Zarandona uno siente que está jugando a la ruleta rusa. ¿Por qué no hay resaltes? ¿Por qué nunca veo a la policía por allí? ¿Por qué nadie toma cartas en el asunto?

La seguridad vial en la antigua carretera de Alicante es competencia del Ayuntamiento de Murcia y es vigilada por la Policía Local. El Ayuntamiento dispone de dos vehículos rada y existe un plan de controles de velocidad establecido que permite adaptaciones en función de las demandas y las quejas de los vecinos.

No existe constancia especial de que esta zona sea especialmente conflictiva por los excesos de velocidad, pero se va a informar al Ayuntamiento para que tengan constancia de su queja. En cuanto a las funciones de la Policía Local están perfectamente estipuladas y los agentes tienen la obligación de denunciar todas las infracciones de tráfico que observen cuando estén realizando funciones de vigilancia y control del tráfico.

Pedro: Quisiera saber por qué no se realiza una campaña para concienciar a los conductores de que hay que respetar los pasos de peatones y los cruces, no parando sobre ellos puesto que se obstaculiza el paso de personas y de otros vehículos. Lo veo miles de veces y me parece una falta de civismo impresionante.

En los pasos de peatones y en los cruces está prohibido parar y estacionar los vehículos. Estas conductas son graves cuando se cometen en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación y conllevan una multa de 91 a 300 euros y la pérdida de dos puntos de carné. Efectivamente, además de ser una infracción administrativa también es una falta de educación.

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