Gobierno, sindicatos y patronal acuerdan prestaciones para los trabajadores a tiempo parcial

  • El acuerdo entre patronal, Gobierno y sindicatos "mejora las condiciones de más de 2,5 millones de trabajadores".
Una mujer trabajadora, en una imagen de archivo.
Una mujer trabajadora, en una imagen de archivo.
GTRES
Una mujer trabajadora, en una imagen de archivo.

El Ministerio de Empleo, la patronal y los sindicatos han acordado este miércoles una nueva regulación de las prestaciones sociales de los trabajadores a tiempo parcial para equiparar derechos con los trabajadores a tiempo completo.

El acuerdo responde a los criterios de igualdad y no discriminación que estableció la Sentencia del Tribunal Constitucional el pasado mes de marzo y por la que se declaraba nula la regulación anterior en materia de cotización de los trabajadores a tiempo parcial. Incluye el derecho a los complementos a mínimos y que para calcular la cuantía de la pensión se multipliquen los años cotizados por 1,5.

Un acuerdo alcanzado en el marco del Pacto de Toledo con las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y con el Gobierno,  que CC OO y UGT consideran que confirma "cómo las reformas basadas en la negociación y los acuerdos sociales y políticos amplios son un instrumento útil para los trabajadores y la garantía de sus derechos sociales".

Los sindicatos han subrayado que mejorará los derechos sociales de más de 2,5 millones de trabajadores.

El acuerdo corrige el modelo actual para acreditar los períodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial para acceder a las diferentes prestaciones del sistema.

Según el Constitucional, siendo mayoritaria la presencia de mujeres en el trabajo a tiempo parcial, la diferencia de trato que venía produciéndose para el acceso a las prestaciones contributivas de la Seguridad Social constituía una "vulneración directa" del principio de igualdad de trato.

Menos años cotizados para jubilarse

  • Cotización: A partir de ahora, el período mínimo de cotización exigido para causar derecho a una pensión será el exigido con carácter general (quince años), reducido en proporción a la parcialidad acreditada por el trabajador a lo largo de toda la vida laboral.Antes era necesario el equivalente a 15 años trabajados a jornada completa, lo que implicaba cotizar durante muchos más años a jornada parcial para cumplirlo.
  • Acceso a las pensiones: Se garantiza un complemento hasta alcanzar la cuantía mínima, si bien este complemento nunca podrá superar la cuantía de la pensión no contributiva.
  • Proporcionalidad: Así, a los quince años de cotización a tiempo parcial se aplicará un 50 % sobre la base reguladora, que se irá elevando por cada mes cotizado adicional hasta llegar al 100 % a los 35 años y seis meses. Para los trabajadores que se jubilen con periodos de cotización inferiores a quince años el porcentaje aplicable para determinar la cuantía de la prestación será proporcional y equivalente al porcentaje que represente el período cotizado sobre quince años.
    En todo caso, por el principio de contributividad y proporcionalidad entre las aportaciones realizadas y las prestaciones a percibir, los trabajadores a jornada completa y a tiempo parcial tendrán prestaciones de cuantía adecuada en cada caso al esfuerzo contributivo realizado.
  • Incapacidad temporal: En el caso de los subsidios por incapacidad temporal por enfermedad común y maternidad: el coeficiente global de parcialidad que servirá para reducir el período mínimo exigido se calculará sobre los cinco o siete últimos años respectivamente.I
  • Incapacidad permanente: Para las pensiones de jubilación en incapacidad permanente, la nueva normativa mantiene el coeficiente multiplicador del 1,5 por cada día cotizado a tiempo parcial o como fijo discontinuo, "lo que ayuda a completar las carreras de cotización de estos trabajadores, haciendo que cada día cotizado compute como un día y medio", reza el comunicado de los sindicatos.

Los sindicatos celebran

En un comunicado, los sindicatos destacan que el acuerdo rebaja los requisitos de acceso a la pensión de jubilación, mantiene los derechos que se tenían con la legislación anterior, y posibilita el acceso a los complementos a mínimos de todos los trabajadores a tiempo parcial y fijos-discontinuos en términos de igualdad con los trabajadores a tiempo completo.

De esta manera, esta nueva norma establece una nueva regulación que, en la práctica, supondrá una mejora de los derechos sociales para los más de 2,5 millones de trabajadores con este tipo de contratos y sus efectos serán especialmente significativos entre las mujeres (colectivo mayoritario en este tipo de contrato), facilitando su acceso a la pensión de jubilación, indicaron.

Finalmente, destacan que los trabajadores a tiempo parcial y fijos-discontinuos tendrán garantizado el acceso a los complementos a mínimos en sus pensiones en los mismos términos que el resto de los trabajadores a tiempo completo, "con lo que se garantiza que las pensiones generadas con estas modalidades de contratación tendrán el mismo nivel de garantía de mínimos que las generadas por el resto de trabajadores".

En un comunicado conjunto, el Gobierno y los interlocutores sociales han considerado que el acuerdo alcanzado "da cumplida respuesta a las expectativas de protección social de un colectivo de trabajadores cuya presencia en el mercado laboral va adquiriendo notoria relevancia".

Consideran que ahora se impone la aprobación "urgente" de un nuevo marco legislativo que dé cobertura legal a la actuación de la administración pública, algo que podría producirse en el Consejo de Ministros del próximo viernes.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento